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Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
¿Y por qué la conclusión de que en la factura original NO debe desglosarse el IVA?
Según yo, en TODAS las facturas debe hacerse.
Como siempre, la facturación (ya sea CFD o CFDi) es INFORMATIVA para el SAT, no quiere decir que ya te hayan pagado. Para eso están las declaraciones mensuales.
El SAT entiende que, si un CFD/CFDi incluye "SerieFolioFactOrig" y demás atributos en el Comprobante, es que te han dad o el pago y que en la factura original NUNCA se pagará. Pero no veo por qué no indicar el IVA.
La ley no dice nada al respecto. Al menos hasta donde sé.
Yo quiero ver a las facturas de pago de parcialidades como RECIBOS DE PAGO que no se pueden expedir sin que te hayan pagado, por eso deben ser EN UNA SOLA EXHIBICIÓN y se da por descontado, por eso aprovechan el campo para "Pago de parcialidad n de m".+
Una parcialidad debe incluir el pago de mercancías o bienes y también de los impuestos. Lo declaras en la original y en los pagos.
¡Saludos!
Según yo, en TODAS las facturas debe hacerse.
Como siempre, la facturación (ya sea CFD o CFDi) es INFORMATIVA para el SAT, no quiere decir que ya te hayan pagado. Para eso están las declaraciones mensuales.
El SAT entiende que, si un CFD/CFDi incluye "SerieFolioFactOrig" y demás atributos en el Comprobante, es que te han dad o el pago y que en la factura original NUNCA se pagará. Pero no veo por qué no indicar el IVA.
La ley no dice nada al respecto. Al menos hasta donde sé.
Yo quiero ver a las facturas de pago de parcialidades como RECIBOS DE PAGO que no se pueden expedir sin que te hayan pagado, por eso deben ser EN UNA SOLA EXHIBICIÓN y se da por descontado, por eso aprovechan el campo para "Pago de parcialidad n de m".+
Una parcialidad debe incluir el pago de mercancías o bienes y también de los impuestos. Lo declaras en la original y en los pagos.
¡Saludos!
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Hola RickAlanis, pues es la duda que traigo y por eso publique este ejemplo para ver si estaban de acuerdo conmigo. Entonces tu me recomienda hacer el CFD original de la siguiente manera:
CFD ORIGINAL
Serie:""
Folio:30
fecha='"2012-07-31T22:22:22"
formadepago="PAGO EN PARCIALIDADES"
metododePago=NO IDENTIFICADO
concepto="SERVICIO X"
subtotal=4310.35
iva=689.65
total=5000.00
No soy bueno en terminos de contabilidad, pero se me ocurrio a mi para que el cliente no pueda deducir el iva en el CFD ORIGINAL y despues deducir iva en las tres CFD parciales, poner el CFD ORIGINAL sin desglose de iva. Pero tambien me imagino que si el CFD ORIGINAL dice en la forma de pago parcialidades el cfd ya no es deducibles.
Bueno nose si el termino deducir iva sea correcto.
En conclusion tambien es recomendable que CFD ORIGINAL tenga el iva desglosado
Saludos
CFD ORIGINAL
Serie:""
Folio:30
fecha='"2012-07-31T22:22:22"
formadepago="PAGO EN PARCIALIDADES"
metododePago=NO IDENTIFICADO
concepto="SERVICIO X"
subtotal=4310.35
iva=689.65
total=5000.00
No soy bueno en terminos de contabilidad, pero se me ocurrio a mi para que el cliente no pueda deducir el iva en el CFD ORIGINAL y despues deducir iva en las tres CFD parciales, poner el CFD ORIGINAL sin desglose de iva. Pero tambien me imagino que si el CFD ORIGINAL dice en la forma de pago parcialidades el cfd ya no es deducibles.
Bueno nose si el termino deducir iva sea correcto.
En conclusion tambien es recomendable que CFD ORIGINAL tenga el iva desglosado
Saludos
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
xml?? Mencionas
Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.
Me pueden explicar que se entiende por servicios personales?
Saludos
Y pues en la ley dice mas o menos dice asi:Por el otro lado, se menciono antes que las facturas por servicios tienen que ser un un pago, pero el CFF indica que pueden ser en parcialidades
Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.
Me pueden explicar que se entiende por servicios personales?
Saludos
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Ya aislado así, se escucha medio raro eso de "servicios personales" y eché a volar la imaginación... Ups... Mejor me concentro en este asunto.
No sé si sea para proteger a las personas físicas, pero supongo que se refiere a todo tipo de servicios que presta una persona y que ella misma factura: Asesoría administrativa, asesoría contable, asesoría en sistemas y tantos etcéteras...
Básicamente es que a las Personas Físicas que prestan cualquier tipo de servicios y así lo facturan (recibos de honorarios, por ejemplo), no se les permite facturar en parcialidades esos servicios.
Si como asesor llegas a un acuerdo con un cliente de pagos parciales, haz una factura por cada pago parcial, sin llamarle parcialidad. No hagas una factura original por el "todo" y luego parcialidades.
Bueno, no sé si me expliqué bien...
Saludos
No sé si sea para proteger a las personas físicas, pero supongo que se refiere a todo tipo de servicios que presta una persona y que ella misma factura: Asesoría administrativa, asesoría contable, asesoría en sistemas y tantos etcéteras...
Básicamente es que a las Personas Físicas que prestan cualquier tipo de servicios y así lo facturan (recibos de honorarios, por ejemplo), no se les permite facturar en parcialidades esos servicios.
Si como asesor llegas a un acuerdo con un cliente de pagos parciales, haz una factura por cada pago parcial, sin llamarle parcialidad. No hagas una factura original por el "todo" y luego parcialidades.
Bueno, no sé si me expliqué bien...

Saludos
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Ok dejame ver si entendi RickAlanis, quieres decir que esto solo aplica a la personas fisicas?
Es decir, a las personas morales (normalmente empresas) que dan servicios; por ejemplo "servicio por una instalacion de cocina" y deseo pagar ese servicio en parcialidades, esa empresa puede generar CFD por cada abono que le de y no contradecir esta ley.
Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.
Saludos
Es decir, a las personas morales (normalmente empresas) que dan servicios; por ejemplo "servicio por una instalacion de cocina" y deseo pagar ese servicio en parcialidades, esa empresa puede generar CFD por cada abono que le de y no contradecir esta ley.
Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.
Saludos
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- Registrado: Jue Ago 04, 2011 8:41 pm
Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
A mi me gusta ir un poco más lejos cuando interpreto una ley (hasta donde puedo).
El "alma" de la ley que habla de "Parcialidades" es básicamente para evitar que las empresas "jineteen" el IVA por un tiempo. ¿Cómo lo hacen?
Hagamos la suposición de que vas a una mueblería y compras un refrigerador de esos de dos puertas, enormes, con fábrica de hielos y expendedor de hielo y agua, de esos de 17,000 pestitos más IVA, para un total de 19,720 y te lo ofrecen en "cómodas" mensualidades: 18 meses pagando 1,450 mensuales sin necesidad de tarjeta, sino con crédito directo. Te abren una cuenta donde te piden que pagues la primer mensualidad más 500 pesos por concepto de "apertura de cuenta" y otros tantos por el contrato. Vienes pagando 2,450 como primer mensualidad. ¿Qué te entregan? Un recibo con 3 conceptos: 1,450 por la primer mensualidad más 500 por apertura de cuenta y 500 pesos por el contrato. Pero no te especifican cuánto de ese dinero es de IVA y mucho menos que el recibo NO ES deducible de impuestos, porque la factura de venta te la van a dar hasta el final, hasta el último pago.
Ellos no informan al SAT de ese ingreso porque es un "anticipo" y tú no puedes ir deduciendo las parcialidades porque el recibo no es una factura deducible.
Cuando terminas de pagar, te entregan una factura por 17,000 más 2,720 de IVA (que ahora sí puedes deducir) más intereses por el resto, con su IVA correspondiente. Pero ellos, durante esos 18 meses no reportaron esos ingresos y los utilizaron íntegros para invertir en el banco o en más mercancía o en pago de otros impuestos o en la nómina, financiándose así del IVA que te cobraron y no reportaron.
¿Entiendes el concepto?
Entonces, para evitar eso, el SAT le dice a la mueblería: Haces una factura original CON EL IVA DESGLOSADO y dices que te la van a pagar en parcialidades. Obligan, incluso a que todo lleve IVA: lo que le cobran a los clientes por "apertura de cuenta" y por "contrato". Se supone que el cliente debe recibir esa factura como compromiso de pago, pero no puede deducirla (ahí el por qué de "PAGO EN PARCIALIDADES") y le deben expedir, ahora sí, una factura que debe ser pagada "En una sola exhibición" (leyenda que no aparece en ningún lugar de esa factura de parcialidad, porque en "forma de pago" dice "Parcialidad n de m", pero se obvia esa forma).
Ahora sí, el SAT recibe ingresos por ese IVA cobrado al cliente, la mueblería traslada ese IVA en tiempo y forma y el cliente puede deducir la parcialidad.
Pero, para no hacer el rollo tan complejo para las personas físicas, les dice que, en el caso de servicios profesionales, no se metan en esa bronca, porque no es para ellos. Que cada vez que reciban un pago, lo informen con una factura. ¡Sanseacabó!
¡Saludos!
El "alma" de la ley que habla de "Parcialidades" es básicamente para evitar que las empresas "jineteen" el IVA por un tiempo. ¿Cómo lo hacen?
Hagamos la suposición de que vas a una mueblería y compras un refrigerador de esos de dos puertas, enormes, con fábrica de hielos y expendedor de hielo y agua, de esos de 17,000 pestitos más IVA, para un total de 19,720 y te lo ofrecen en "cómodas" mensualidades: 18 meses pagando 1,450 mensuales sin necesidad de tarjeta, sino con crédito directo. Te abren una cuenta donde te piden que pagues la primer mensualidad más 500 pesos por concepto de "apertura de cuenta" y otros tantos por el contrato. Vienes pagando 2,450 como primer mensualidad. ¿Qué te entregan? Un recibo con 3 conceptos: 1,450 por la primer mensualidad más 500 por apertura de cuenta y 500 pesos por el contrato. Pero no te especifican cuánto de ese dinero es de IVA y mucho menos que el recibo NO ES deducible de impuestos, porque la factura de venta te la van a dar hasta el final, hasta el último pago.
Ellos no informan al SAT de ese ingreso porque es un "anticipo" y tú no puedes ir deduciendo las parcialidades porque el recibo no es una factura deducible.
Cuando terminas de pagar, te entregan una factura por 17,000 más 2,720 de IVA (que ahora sí puedes deducir) más intereses por el resto, con su IVA correspondiente. Pero ellos, durante esos 18 meses no reportaron esos ingresos y los utilizaron íntegros para invertir en el banco o en más mercancía o en pago de otros impuestos o en la nómina, financiándose así del IVA que te cobraron y no reportaron.
¿Entiendes el concepto?
Entonces, para evitar eso, el SAT le dice a la mueblería: Haces una factura original CON EL IVA DESGLOSADO y dices que te la van a pagar en parcialidades. Obligan, incluso a que todo lleve IVA: lo que le cobran a los clientes por "apertura de cuenta" y por "contrato". Se supone que el cliente debe recibir esa factura como compromiso de pago, pero no puede deducirla (ahí el por qué de "PAGO EN PARCIALIDADES") y le deben expedir, ahora sí, una factura que debe ser pagada "En una sola exhibición" (leyenda que no aparece en ningún lugar de esa factura de parcialidad, porque en "forma de pago" dice "Parcialidad n de m", pero se obvia esa forma).
Ahora sí, el SAT recibe ingresos por ese IVA cobrado al cliente, la mueblería traslada ese IVA en tiempo y forma y el cliente puede deducir la parcialidad.
Pero, para no hacer el rollo tan complejo para las personas físicas, les dice que, en el caso de servicios profesionales, no se metan en esa bronca, porque no es para ellos. Que cada vez que reciban un pago, lo informen con una factura. ¡Sanseacabó!
¡Saludos!
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- Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:11 pm
Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Muy interesante tu comentario @RickAlanis, muchas gracias por esta información.
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Falta un botón de "Me gusta".....excelente aporte RickAlanis
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- Registrado: Lun Feb 28, 2011 7:37 pm
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
Ya no es obligatorio emitir CFDs por cada pago parcial que se realiza, de acuerdo a la Reforma Fiscal emitida el 28 de Diciembre del año pasado:
"Opción para no expedir comprobantes fiscales por las parcialidades
I.2.7.1.13. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un sólo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF. CFF 29-A"
Frank
"Opción para no expedir comprobantes fiscales por las parcialidades
I.2.7.1.13. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un sólo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF. CFF 29-A"
Frank

- Dado
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- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 referente a Pagos Parciales
.......asi es mi estimado VanDamme
De nada sirvio estas fabulosas ideas que se expresaron en este foro, el SAT acabo de un plumazo con el pago en parcialidades.............
Lo que mas coraje me esta dando es que estaba al 99% de una modificacion a mi programa de facturacion, que permitia darle clic a una factura previamente elaborada y generar totalmente en automatico otro CFDI correspondiente a una parcialidad.
De nada sirvio estas fabulosas ideas que se expresaron en este foro, el SAT acabo de un plumazo con el pago en parcialidades.............

Lo que mas coraje me esta dando es que estaba al 99% de una modificacion a mi programa de facturacion, que permitia darle clic a una factura previamente elaborada y generar totalmente en automatico otro CFDI correspondiente a una parcialidad.
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