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Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Hay dos medios para facturar, por medios propios y mediante terceros autorizados, aqui se discuten las soluciones que hay en el mercado
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Dado
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Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor Dado » Mar Jul 13, 2010 7:30 pm

Quiero abrir este debate.

Hace un momento estaba revisando los requisitos del AMECE para certificar una solucion de Factura Electronica.

Por cierto pueden consultar las soluciones validadas por el AMECE aqui

Y lei un dato importante:

En la Resolucion Miscelanea Fiscal del 30-mayo-2005 en la regla 2.22.6 dice palabras mas palabras menos que el programa de facturacion debe hacer un registro contable simultaneo y afectar las cuentas contables y blah blah.

Y vino a mi mente el Micro-e que es un programa de factura electronica gratuito (mas no libre*) que ofrece el SAT.

Y no cumple con ese requisito tan importante, NO HACE REGISTROS CONTABLES, asi que no cumple con la ley, asi que es....ilegal. (lo se, ilegal es un palabra muy fuerte pero quiero darle un toque de suspenso je je je)

O acaso me equivoco? no he usado el Micro-e del todo.

Usted que opina? ya ha usado el Micro-e?

*Nota decia que el Micro-e es gratuito mas no libre, lo que pasa es que, en efecto no tiene costo, pero hay que registrarse ante el SAT y pedir algunos archivos de autorizacion para poderlo hacer funcionar, tiene un modo DEMO pero solo es para practicas.
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EJSG
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor EJSG » Mié Jul 14, 2010 1:02 pm

Tengo rato considerando esta situacion de que tan ilegal seran nuestras apps sin no se enlazan de manera directa a la contabilidad y la verdad, ya no se que pensar. Les paso algo que he leido en la red:
- En el sitio de SAT, el requisito no. 1 para poder emitir CFDs es "Llevar contabilidad en un sistema electrónico" algo que esta muy abierto a interpretaciones. Un desarrollador que contacte y le comente acerca de esta situacion, me dijo que no me preocupara, que con que lleves la contabilidad en Excel estas cumpliendo con este requisito... jajaja, buena interpretacion.
- En alguna presentacion del SAT y de alguien mas (que ya no se de donde la lei) menciona que para garantizar que los folios no sean repetidos, deberemos primero mandar a la contabilidad la factura, obtener el siguiente folio y con esa información generar el CFD, por lo que esta situacion haria al Micro-E y a nuestras aplicaciones, ilegales.
- Pero he encontrado otras publicaciones tambien de SAT y de otras personas que mencionan que podemos mandar la informacion de los CFDs mediante interfaces al paquete contable que use el cliente, lo que nos beneficia.

Creo que mientras que SAT no exprese textualmente un requerimiento que no pueda ser interpretado, no hay problema.

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Dado
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor Dado » Mié Jul 14, 2010 1:58 pm

Si es muy amplio la definicion que aveces pone el SAT, ahora, no creo que sea motivo de una auditoria inmediata.....

Veras, *yo creo* que el SAT lo que hace es protegerse, la gente es canija y va a hacer todo lo posible por no pagar impuestos, hay varios detalles incluso desde la factura de papel.

Recuerdas que en las facturas de papel poniamos "La reproduccion no autorizada de este comprobante es delito"....mmmmh, "reproduccion".....osea que no puedo ni siquiera sacarle una copia fotostatica?

Por la parte de que el SAT quiere protegerse, imagina este caso, un comerciante NO TIENE computadora y le obligan a hacer facturas electronicas, un mandamiento base de la ley es que no te pueden obligar a lo imposible, asi que el comerciante le puede decir, si? pues mangos, no tengo computadora y sin computadora no puedo facturar electronicamente........asi que......el SAT PRIMERO te obliga a llevar por medios electronicos tu contabilidad, osea, te obliga a tener una PC.

Es exactamente el mismo caso en el que el SAT ha dicho "el contribuyente DEBE proporcionar al SAT un medio para consulta de su contabilidad en caso que lo requiera" PUES CLARO!! el SAT se protege diciendo que tiene la facultad de ver directamente en tu computadora toda la informacion que necesita, incluso si eso te obliga a darle tus claves de acceso al sistema contable de tu empresa.

Y otro mas, el SAT ha definido que los Proveedores de CFD DEBEN tener sus instalaciones y servidores EN MEXICO, otra vez, claro que si! imaginate una auditoria de un Proveedor que tiene sus computadoras en el extranjero.

Y como esos ejemplos hay muchos, los folios repetidos (claro, eso de la doble contabilidad es un truco viejo de evasion) etc.

Ojala y un contador por aqui nos eche un comentario y nos oriente mas acerca de la legalidad o no de nuestras aplicaciones.
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EJSG
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor EJSG » Lun Jul 19, 2010 5:01 pm

Me encontre en el sitio de SAT la respuesta a la pregunta (http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_ ... 16002.html)



2. ¿Cómo se interpreta el registro de manera simultánea a las cuentas y subcuentas contables para la emisión de CFD?

Al realizar la emisión de un CFD, este deberá quedar registrado en la operación de ventas o modulo de facturación para su posterior afectación al resto del sistema contable, considerando fecha, hora, minuto y segundo en que fue generado el CFD. No es necesario afectar todas las partes de la contabilidad al momento de la emisión, siempre que exista un registro inicial y se replique el movimiento en un segundo paso de manera automática y que guarde consistencia entre lo registrado al momento de la emisión del CFD y lo reflejado al resto de la contabilidad.

(Artículo 29, Fracción IV, párrafo segundo del CFF) así como la (Regla I.2.11.5. Fracción II de la RMF 2010).

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Dado
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor Dado » Mar Jul 20, 2010 1:46 pm

Si, al parecer el SAT cambio la frase "se debera hacer el registro contable de forma simultanea" y ahora dice
"No es necesario afectar todas las partes de la contabilidad al momento de la emisión".

Eso abre una "ventana" de tiempo en la que nos permite emitir la factura en un momento y registrarla posteriormente, estuve en una platica del AMECE y comentaron que esa "ventana" duraba 24 horas, es decir, tienes 24 horas despues de que emites la factura para registrarla en tu contabilidad. (no proporcionaron la base legal de dicho argumento, lo voy a buscar para ver si encuentro algo)

Ahora si queremos ser mas estrictos tambien en el texto que me envias dice "se replique el movimiento en un segundo paso de manera automática", creo que lo que quieren evitar es la doble captura, para evitar errores, asi que los programas deberian de alguna forma exportar los datos o conectarse a nuestro sistema de contabilidad para que sea "automatica".

Lo mejor sera tratar de hacer nuestras aplicaciones lo mas apegados a los reglamentos para evitar problemas.
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lgdpr
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor lgdpr » Mié Oct 20, 2010 7:15 pm

Hola a todos!

Voy a entrarle al debate.

Aunque seguramente muchos ya lo saben, me gustaría empezar comentando que la contabilidad "simultánea" solo es requisito para la versión 2. Para los que empiecen el año que entra usando la versión 3 ya no existe esta obligatoriedad.

Lo que el SAT requiere es que el asiento contable (llámese POLIZA) se genere automáticamente en el lugar donde se emite el CFD aunque no afecte los saldos contables (por eso lo de "No es necesario afectar todas las partes de la contabilidad al momento de la emisión"); ese paso puede hacerse posteriormente por medio de un segundo procedimiento donde dicha póliza se integrará en el sistema contable para que se actualicen los saldos de las cuentas.

Hacienda no quiere que la póliza pueda ser manipulada o creada por una persona, por lo que tu sistema contable tampoco debe permitir que las pólizas generadas a partir de un CFD puedan ser modificadas.

En la regla II.2.23.4.4 segundo párrafo de la RMISC2010 que habla de los requisitos y características del sistema electrónico de emisión de folios y generación de sellos digitales para CFD, dice:

"Tratándose de la emisión de CFD en lugar distinto al domicilio, se considerará que se cumple con el requisito señalado en el párrafo anterior cuando se registre electrónicamente la información contable dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del CFD. Este registro deberá hacer referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo en que se generó el CFD conforme al formato señalado en el rubro I.B del Anexo 20"

Como yo lo veo, es que si en el lugar donde se llevan los registros contables se genera un CFD, "simultáneamente" se tiene que generar el asiento contable (una póliza por cada CFD). Si la contabilidad está en otro lado, puede hacerse hasta 24 hrs después de generado el CFD.

Lo que estoy haciendo con mis clientes es que al finalizar el día, inmediatamente después de generar la factura por ventas de mostrador genero una sola póliza por todos los CFD del día.

El SAT pide que sea el sistema contable el haga las validaciones necesarias para que no se duplique el folio porque es ahí donde se concentra la información de todas las sucursales. Si no hay comunicación en línea entre sucursales, cualquier sistema te permite tener el folio 100 en la sucursal 1 y el folio 100 en la sucursal 2, y sería hasta contabilizar ambos comprobantes que el contribuyente se daría cuenta del folio dupllicado.

Tamos a las órdenes.

Buen dia

condor0086
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor condor0086 » Jue Oct 21, 2010 1:11 pm

lgdpr escribió:
Lo que estoy haciendo con mis clientes es que al finalizar el día, inmediatamente después de generar la factura por ventas de mostrador genero una sola póliza por todos los CFD del día.



Hola lgdpr

Yo también había llegado a la conclusión de generar una sola póliza por un grupo de facturas, la única diferencia en cuanto a lo que mencionas es que pienso que el sistema genere una póliza cada 12 horas en vez de cada 24, esto para evitar el detallito (para algún auditor quisquilloso) que pudiera decir que tardé 24:30 hrs. en transmitir la info de un CFD en contabilidad en vez de las 24 hrs que marca la ley. Se que este último "problemita" parece una tontería, pero no me cuesta nada hacer dos pólizas al día en vez de una, la transmito dejando registro de fecha y hora de transmisión y bueno ya la importará contabilidad durante del día en cuando tenga tiempo pero ya se "cumplió" con lo de pasar la información.

¿Podrías compartir por favor el formato que utilizas para generar la póliza que será importada después por contabilidad?, estoy precisamente con ese problema.

En cuanto a lo que mencionas de los folios duplicados, fácilmente puede resolverse si en cada sistema de facturación de la misma empresa se maneja un número de serie diferente, a final de cuentas no lleva ningún costo y los folios no vencen.

Saludos

lgdpr
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor lgdpr » Vie Oct 22, 2010 1:05 pm

Hola Condor0086, buen dia.

Podrías ser más explicito plis sobre el formato de pólizas que necesitas? Si hablamos de lo mismo, depende del sistema contable en el que quieras importar la póliza. En mi caso, estoy desarrollando un ERP que tiene incluído el módulo de contabilidad así que el proceso es "directo" practicamente. Para sistemas comerciales supongo que el fabricante debe proporcionarte un layout y un determinado tipo de archivo para importación de pólizas.

Sobre el otro comentario que haces acerca de los folios duplicados, lo que mencionas es correcto, pero no es eso lo que pide el SAT. La ley específicamente indica que es el sistema contable el que tiene que hacer esa validación. Si tu sistema contable no lo hace, entonces no cumple con los requisitos.

Saludos!

condor0086
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor condor0086 » Vie Oct 22, 2010 5:39 pm

lgdpr escribió:Podrías ser más explicito plis sobre el formato de pólizas que necesitas? Si hablamos de lo mismo, depende del sistema contable en el que quieras importar la póliza. En mi caso, estoy desarrollando un ERP que tiene incluído el módulo de contabilidad así que el proceso es "directo" practicamente. Para sistemas comerciales supongo que el fabricante debe proporcionarte un layout y un determinado tipo de archivo para importación de pólizas.


Hola,

Pensé que estabas exportando a otros sistemas de contabilidad, yo tengo que exportar las pólizas y no se con cuantos sistemas diferentes de contabilidad me voy a encontrar, de entrada COI (que ya lo tengo prácticamente resuelto) y Contpaq (que no he encontrado nada útil :( ) El chiste es que se pueda generar un archivo texto o XML que pueda importarse en el programa de contabilidad.

Y sobre lo que comentas de los folios.... no es totalmente exacto ;) toma en cuenta que en la ley está que puedes emitir tus CFD y en un segundo paso registrarlos en contabilidad siempre que sea en no más de 24 horas, así que el que lleva el control de los folios realmente es el sistema de facturación, claro que lo debe hacer bastante bien ya que es un punto muy importante.

Saludos!

lgdpr
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Re: Micro-e programa oficial del SAT es ilegal?

Mensajepor lgdpr » Sab Oct 23, 2010 8:13 am

Y sobre lo que comentas de los folios.... no es totalmente exacto ;) toma en cuenta que en la ley está que puedes emitir tus CFD y en un segundo paso registrarlos en contabilidad siempre que sea en no más de 24 horas, así que el que lleva el control de los folios realmente es el sistema de facturación, claro que lo debe hacer bastante bien ya que es un punto muy importante


Hola, de nuevo yo ja ja ja ya parece pleito de comadres esto!
Estoy de acuerdo contigo en que el que lleva el control de los folios es el sistema de facturación, de hecho seguramente es una llave de tu tabla ese dato y de esa manera validas que no se repita el folio; Pero vamonos a lo que dice la ley:


II.2.23.4.4. Los contribuyentes que ejerzan la opción para expedir CFD, a que se refiere la regla I.2.23.4.1., además deberán cumplir los siguientes requisitos:

I. Que los registros que realice el sistema electrónico en el que lleven su contabilidad, apliquen el folio asignado por el SAT y en su caso serie, a los CFD´s.

II. Que al asignarse el folio, y en su caso serie, se registre de manera electrónica y automática en la contabilidad, al momento de la emisión del CFD la referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo, en que se generó el CFD conforme al formato señalado en el rubro I.B del Anexo 20.

Tratándose de la emisión de CFD en lugar distinto al domicilio, se considerará que se cumple con el requisito señalado en el párrafo anterior cuando se registre electrónicamente la información contable dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del CFD. Este registro deberá hacer referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo en que se generó el CFD conforme al formato señalado en el rubro I.B del Anexo 20.

III. Que el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad tenga validaciones que impidan al momento de asignarse a los CFD´s, la duplicidad de folios, y en su caso de series, asegurándose que el número de aprobación, año de solicitud, folio y serie en su caso, corresponda a los otorgados para los CFD.


Comenté que el SAT pide que sea contabilidad el que valide que no haya folios repetidos porque es ahi donde se concentra la información de todas las sucursales. ¿De qué otra manera se puede garantizar si no se está en linea en todas las sucursales? eso de "tener cuidado" y "asegurarse" no garantiza que por un error humano haya duplicidad.

Ese es mi punto de vista.

Seguimos en el debate ja ja ja!

Buen dia Condor!


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