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Y para empezar Que es una Factura Electronica? Como empiezo? Necesito Autorizacion? Que medios hay para Facturar Electronicamente? estos y todos los temas de iniciacion deberan estar aqui
El trasladar el iva es un problema contable o se traduce en la factura. Si a un cliente le das una factura sin iva, te va pelear que ese es el valor acordado, y tambien no concidiran todas las facturas en valor. No se si alguien ha usado el verificador del sat (para los que usan el 2.2, ya que aun no tienen el 3.2) con facturas que se pagaran en parcialidades.
Por el otro lado y a pesar de que no ofrecen los elementos necesarios, el sat te puede multar si no cumples con lo que quieren!!!
De no tener alguno de estos
requisitos, la empresa que emite
la factura será sujeta a una multa
que puede ir desde 9 mil hasta 18
mil pesos, dependiendo del número
de incidencias, señaló Carlos
García Perales, socio legal de
MG asesores en negocios.
A ver... Se me hace que estamos en diferentes canales.
Voy a hacer un ejemplo:
Llega Perico el de los Palotes a comprar 4 llantas nuevas a mi negocio, pero me dice que no tiene dinero para pagar y, como es de confianza (finalmente ¡Es Perico!) le doy plazos para pagar. De hecho, le digo que me pague unos 1,000 pesos mensuales.
Para cumplir con los requisitos de ley, le hago una factura. En ella especifico que se va a pagar en parcialidades y que incluye la venta de 4 llantas, 4 balanceos y 4 montajes. El total es de 5,000 pesos más IVA, o sea 5,800.00. Eso queda bien clarito en la factura: SubTotal: 5,000.00, IVA: 800, Gran Total: 5,800.00. El número de la factura es la FE-1200 (factura electrónica CFDi, la serie y el folio son internos). Perico no me paga nada en ese momento y su carro sale del taller con 4 llantas nuevecitas, cero kilómetros.
Contablemente hago un asiento de Cuentas por Cobrar con una cuenta puente para el IVA, porque ya expedí la factura, pero no me lo han pagado. Normal, como una factura a crédito.
Al mes llega Perico (¡Gracias a Dios!) a darme el primer pago. Como no pudo juntar los 1000, me trae 850 pesos. Entonces, le expido una factura que dice: "Pago de parcialidad 1 de 2* de la factura con Folio SAT No. "aquí pones el UUID de la factura FE-1200". ¿Por qué cantidad la debes hacer?. Bueno, te pagó 850 de los 5,800 que te debe, o sea: 14.655% del total. El pago, entonces es por 732.76 más IVA de 117.24, para un gran total de 850.00. Se generó entonces la factura FE-1325.
Contablemente tengo que hacer revoltijos, porque la trato como un ingreso, pero debo deducir de la CXC que cree anteriormente.
El detalle, entones, es que SIEMPRE debe aparecer el IVA. Lo que pasa es que en la primer factura no te lo van a pagar NUNCA. Eso será en las facturas de pagos de parcialidades y, cuando hagas la declaración, declaras el ingreso en este caso, de los 117.24 de IVA que hay que TRASLADAR, con el IVA por acreditar.
Eso no tiene vuelta de hoja.
Ahora, ¿a qué requisitos se refiere el Sr. Carlos García Perales cuando dice: "de no cumplir alguno de estos requisitos"? ¿A los que hemos discutido aquí?
Oye eres medio confiado, creyendo que Perico que va pagar en solo dos pagos.
Básicamente hablan de las medidas nuevas, pero supongo que se aplica a todas las condiciones de la factura electrónica. Va estar bien divertido, ya que mucha gente este año dejan las facturas pre cfdi. Perdón por la omisión, pero no quería que me dijeran que plagie el articulo, pero pongo suficiente para que este mas claro
Las empresas enfrentarán, a partir
del 1 de julio, nuevos obstáculos
para cumplir con las nuevas
obligaciones que marca el Código
Fiscal de la Federación aplicables
a las facturas digitales.
De acuerdo con expertos, las
empresas y proveedores aún no
incorporan la nuevas disposiciones
en las facturas, lo que podría
provocar problemas para su cobro,
para la deducibilidad y posibles
multas por parte del Servicio
de Administración Tributaria
(SAT).
Según un sondeo de Grupo
Reforma, de ser implementados
los cambios, el 87 por ciento de
las facturas serían rechazadas por
no tener alguno de los cinco campos
que deben llenarse, de acuerdo
con las nuevas reglas.
Estos campos consisten en
señalar el lugar de expedición,
método de pago, régimen fiscal,
número de cuenta y unidad de
medida.
Reforma 27/6
Aunque el anexo 20 indica que el número de cuenta es opcional.
Perdón, es que no lo aclaré: El tal Perico vino y me pagó 850 pesos y le hice una factura de pago de parcialidad no. 1 de 2 (con un asterisco) porque no sé cuántos pagos van a ser. Cuando llegue con el siguiente abono, voy a decir "Pago no. 2 de 3", así hasta que me salde la factura, donde voy a poner "Pago no. 'n' de 'n'".
Con respecto a los "5 campos" (Régimen Fiscal, Lugar de Expedición, Método de Pago, Número de Cuenta de Pago y Unidad de Medida), ¿qué no es lo que estamos haciendo en este foro, tratar de cumplir precisamente con estos requisitos?
El señor ese de MG Asesores en Negocios está dándole publicidad a su empresa.
Luego está el hecho de que el SAT apenas acaba de sacar su validador 2.2 y no le apura el 3.2, porque sabe que los PACs están haciendo esa chamba, si no, no te dan timbre. Puede que empiece a haber problemas con algunas personas que les pasó de noche estos 6 meses porque sus sistemas los hizo un tercero que ya no existe, pero al menos deben tener un contador que los asesore.
Será que estoy tranquilo porque mis facturas han sido revisadas desde hace varios días por contadores y me las han aprobado y, además, que estoy inmerso en esto de v3.2, que creo que este señor exagera.
Supongo que a todos los que visitamos el sitio de Dado, el día primero nos va agarrar durmiendo muy tranquilitos. Todos los demás, quien sabe, sobre todo porque vivimos en México, donde dejamos lo de hoy para pasado. Solo basta pasar por un verificentro el ultimo del mes para atestiguar esto. A mi me toca ver una cola de 500-1000 m de coches tratando de verificar su auto a las 10 de la noche!
En cuanto al verificador de la 3.2, el sat se esta respaldando en los pacs, pero es su obligación haberlo tenido listo (como la nuestra tener las facturas implementadas). Podemos multarlos por todas las facturas que no podemos verificar? Existen puntos que creo que ni el sat tiene completamente claros, solo falta leer las contradicciones que han dado, las cuales se reproducen en el foro.
Me gusto tu solución del numero de facturas con el asterisco Es bastante elegante, pero no se con algunos clientes que conozco.
Ups. Pues al menos yo no he generado uno todavía.
(me faltan algunas cosas en el sistema para generarlas; quiero que sean automáticas cuando el cliente registre el pago parcial)
Pero no tiene ciencia.
Debes tener la información de la factura original donde se pactaron las parcialidades (serie, folio, fecha y total).
Eso lo agregas a los atributos de Comprobante en las etiquetas que indica el Anexo20 (serieFolioFiscalOrig, FolioFiscalOrig, FechaFolioFiscalOrig, MontoFolioFiscalOrig).
Sólo vas a poner un concepto: la descripción es "Pago de parcialidad número 'n' de 'm' de la factura xxxxx" (serie y folio), cantidad 1, unidad "No Aplica", importe 1 y el importe es lo que te hayan pagado (sin impuestos).
Luego desglosas los impuestos (supongo que sólo IVA, pero hay quienes también cargan IEPS, pero no creo que sea el caso). El total de la factura debe ser la cantidad que te abonaron.
IMPORTANTE: En los pagos de parcialidades, la forma de pago es "Parcialidad n de m".
donde 'n' es el número de pago que te han hecho y 'm' es el total de parcialidades que pactaste.
Si no sabes cuántas parcialidades, al menos yo tengo contemplado: 1 de 2; 2 de 3; 3 de 4 (cuando te paguen la última pondrás 'm' de 'm').
Espero que te sirva.
Gracias RickAlanis, me sirve por que no me hacia una idea del concepto, ahora ya tengo una idea mas clara, pero 2 cositas que he visto y en lo que tengo duda para arrancar:
- Unidad:"No aplica", aqui, no seria "Abono"?
- Y en cuanto a la dichosa "Parcialidad n de m", no sabes si se podria poner "Parcialidad n". Ya que los clientes siempre salen con sus cosas de que paguan menos (llegando a un acuerdo con gerencia) o pagan de mas para ir matando su deuda.
Pareciera que estamos en un blog de la Reforma Agraria... Jajaja
No. De acuerdo a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012:
I.2.7.1.5. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, por unidad de medida debe entenderse a las unidades básicas del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las señaladas en el Apéndice 7 del Anexo 22 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.
En los casos de prestación de servicios o del otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, se podrá asentar la expresión “No aplica”.
Entonces, dado que "abono" no es parte de las "Reglas de Carácter General...", entonces "No Aplica".
En cuanto a las parcialidades, en forma de Pago la especificación dice que, en caso del pago de una parcialidad, debes colocar número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades y cita el ejemplo: "Parcialidad 1 de X". Aquí sí, por desgracia, no hay una "salida decorosa" cuando no sabemos el total de parcialidades. Pero, si vienen y nos hacen el enésimo pago (pago número "n") y todavía no terminan de pagar el saldo, tienes la certeza de que al menos habrán "n+1" pagos.
oki doki, entendido y anotado, te agradezco el apoyo en este tema y ya por no dejar jajajaja, otra dudita.
Aqui en la empresa utilizan desde tiempos ancestrales jajaja una metodo de pago: "Cheque/Transferencia", yo comente al contador que el SAT referia: "Cheque", "Transferencia", "Efectivo", etc ; pero el me comento que para ellos era mismo, digo ya lo dejo a responsabilidad del contador, peeero, me gustaria saber tu opinión o de la que pueda abundar mas en esto, digo para asi quedarme mas tranquilo.