Buenas tardes, tengo una duda al crear el complemente de nomina, especificamente en lo que se refiere al SUBSIDIO AL EMPLEO. el cual en el catalogo del SAT ES UNA PERCEPCION CON LA CLAVE 017
la duda es que como el subsidio AL EMPLEO no ES EXENTO NI TAMPOCO GRAVADO, entonces no se donde poner el MONTO $$ efectivamente entregado al terabajador por este concepto.
si alguien ha tenido esta inquitud, les agradecria me pudieran apoyar en este tema.
Muchas Gracias de antemano
saludos!!

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SUBSIDIO AL EMPLEO
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Re: SUBSIDIO AL EMPLEO
No soy contador pero yo lo pondria en exento. Cuando se refiere a gravado son los importes que se suman para la base del ISPT. Este importe es precisamente producto del ISPT.
Quedo a sus ordenes para mejor interpretaciones de la ley.
Quedo a sus ordenes para mejor interpretaciones de la ley.
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- Registrado: Jue Ene 02, 2014 12:24 pm
Re: SUBSIDIO AL EMPLEO
Hola buen dia:
Efectivamente como dice cuatec, es una percepción para el trabajador la cual está exenta para efectos de cálculo de impuesto. Sistemas como NOI lo toman como deducción negativa pero están mal, la ley dice claramente que es un ingreso y como tal debe reportarse.
Fundamento Legal: Artículos 27, fracción V y XIX, 94, 98 fracción IV y 99 fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Efectivamente como dice cuatec, es una percepción para el trabajador la cual está exenta para efectos de cálculo de impuesto. Sistemas como NOI lo toman como deducción negativa pero están mal, la ley dice claramente que es un ingreso y como tal debe reportarse.
Fundamento Legal: Artículos 27, fracción V y XIX, 94, 98 fracción IV y 99 fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.