Solicito un poco de informacion en cuanto a lo siguiente:
Actualmente tenemos algunos clientes los cuales nos estan haciendo ciertos pagos cada cierto tiempo estos continuaran asi hasta que completen el valor del producto para que de esa manera se les pueda expedir su Factura Electronica.
Hasta ahi no hay ningun problema pero aqui el detalle es que estos clientes me estan solicitando recibos digitales como comprobantes de los pagos que nos estan haciendo.
Es posible expedir estos recibos digitales y si asi fuera tendrian que ser con los mismo numeros de folios y los numeros de serie o tendrian que ser diferentes.
???

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CARTA PORTE V3.1
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Recibos Fiscales Digitales
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- Registrado: Jue Ene 27, 2011 4:21 pm
Re: Recibos Fiscales Digitales
La norma mas apropiada y que va en casi todos los documentos como las facturas y los recibos es que "Los efectos fiscales son al pago".
Es decir que lo correcto es dar recibos parciales y en cada uno de ellos indicar que es el pago "1 de n", "2 de n". Y estos deberían incluir su IVA correspondiente.
Al final de todos estos recibos ya no aplica tener una factura final por el total ya que se estaría reconociendo dos veces los impuestos por un mismo servicio (O tendrías que pagar dos veces el IVA tu, no?).
Si puedes dar recibos de pago, los que dicen "Recibi del Sr. X la cantidad de N por adelanto del Y, quedando a cuenta Z cantidad por pagar...." (ejemplo), pero estos no son comprobantes fiscales y no existe una versión digital de ellos.
Si das recibos de estos últimos si puede haber una factura digital al final. Pero como te digo no hay versión digital, solo serían en papel. Y si te decides por ese método ya no estas aplicando la regla de que "los efectos fiscales son al pago".
Espero nos puedas comentar que decidieron hacer.
Es decir que lo correcto es dar recibos parciales y en cada uno de ellos indicar que es el pago "1 de n", "2 de n". Y estos deberían incluir su IVA correspondiente.
Al final de todos estos recibos ya no aplica tener una factura final por el total ya que se estaría reconociendo dos veces los impuestos por un mismo servicio (O tendrías que pagar dos veces el IVA tu, no?).
Si puedes dar recibos de pago, los que dicen "Recibi del Sr. X la cantidad de N por adelanto del Y, quedando a cuenta Z cantidad por pagar...." (ejemplo), pero estos no son comprobantes fiscales y no existe una versión digital de ellos.
Si das recibos de estos últimos si puede haber una factura digital al final. Pero como te digo no hay versión digital, solo serían en papel. Y si te decides por ese método ya no estas aplicando la regla de que "los efectos fiscales son al pago".
Espero nos puedas comentar que decidieron hacer.