Re: Una vez expidiendo una factura ¿qué sigue'
Publicado: Jue Dic 30, 2010 4:46 pm
No se confundan. En el 2010 existen dos formas de emitir comprobante fiscal digital (CFD):
1.- Por medios propios y
2.- Através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD ;
Para 2011 existiran 3 formas de emitir un CFD:
1.- Por medios propios,
2.- Através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD y
3.- Atraves del proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet, estos ultimos a los comprobantes que emiten no se les denomina comprobantes fiscales digitales sino Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o factura electronica(CFDI).
Los segundos (el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet) son los que unicamente podran emitir CFD durante el primer semestre del 2011, si quieren continuar prestando el servicio se tendran que convertir en proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet.
Asi que los que utilizan el servicio de generacion de CFD através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD (opcion 2) el 1 de enero del 2011, a partir de julio lo tendran que hacer atraves del proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet (3 opcion).
El proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet que no obtengan autorización como proveedores de certificación de CFDI al 30 de abril de 2011, deberán dar aviso por escrito a cada uno de sus clientes sobre dicha situación, a fin de que éstos puedan optar por contratar los servicios de un proveedor de certificación de CFDI autorizado .
1.- Por medios propios y
2.- Através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD ;
Para 2011 existiran 3 formas de emitir un CFD:
1.- Por medios propios,
2.- Através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD y
3.- Atraves del proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet, estos ultimos a los comprobantes que emiten no se les denomina comprobantes fiscales digitales sino Comprobante Fiscal Digital a través de Internet o factura electronica(CFDI).
Los segundos (el proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet) son los que unicamente podran emitir CFD durante el primer semestre del 2011, si quieren continuar prestando el servicio se tendran que convertir en proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet.
Asi que los que utilizan el servicio de generacion de CFD através de proveedores de servicios autorizados para la generación y envío de CFD (opcion 2) el 1 de enero del 2011, a partir de julio lo tendran que hacer atraves del proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet (3 opcion).
El proveedor de servicios de expedición de comprobante fiscal digital a través de Internet que no obtengan autorización como proveedores de certificación de CFDI al 30 de abril de 2011, deberán dar aviso por escrito a cada uno de sus clientes sobre dicha situación, a fin de que éstos puedan optar por contratar los servicios de un proveedor de certificación de CFDI autorizado .