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Re: Hay de cierto esto ?? ( nuevos cambios forma de pago )

Publicado: Vie Feb 21, 2014 12:57 pm
por lrhage
No se que tanto confiar en el chat del SAT pero esto me comentaron sobre el "No Aplica":
12:44 por ejemplo, cuando se genere un CFDI de un documento en parcialidades, ¿qué información se debe colocar en el campo "MetododePago"?
13:47 Se indicará la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria.
12:46 pero en forma de pago no se que se debe poner en esos casos pues como no se está pagando en ese momento, no se puede saber el método de pago
12:46 Pero por ejemplo, es una factura a pagar en parcialidades, aun no se sabe qué método de pago usará el cliente
13:49 Bien, si no se conoce como se pagaría, puede manifestar la expresión N/A o cualquier otra análoga.
12:48 ¿entonces sigue permitido el uso de "NA" o "No Aplica? Es que leí que ya no se permitía
13:51 En el campo para indicar la forma en que se realizo el pago y en el campo de régimen fiscal se podrá asentar la expresión N/A o cualquier otra análoga conforme a lo establecido en regla I.2.7.1.26., del ante proyecto de la 1ª. Resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal 2014, actualizada con fecha del 14 de Febrero del 2014.
12:50 a ok, lo que pasa es que como es anteproyecto y no está publicado en el diario oficial, pensaba que no estaba aun vigente

Re: Hay de cierto esto ?? ( nuevos cambios forma de pago )

Publicado: Jue Mar 13, 2014 1:33 pm
por condor0086
Finalmente!

Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php? ... 13/03/2014

Diario Oficial de la Federación - 13 de Marzo del 2014
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=20 ... =03&day=13

Código: Seleccionar todo

 Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales
I.2.7.1.26.     Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos:
I.     Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
II.    Forma en que se realizó el pago.
       Los contribuyentes también podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos.
Mi sugerencia: Ponerle siempre "NA" o "No aplica" y evitas muchos problemas con algunos contadores quisquillosos que siempre están viendo si pusiste "a" en vez de "e" para no pagarte la factura. Eso de "Los contribuyentes también podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos." es "si se te pega la gana pónselo, pero no sirve de nada ponerlo, al SAT ya no le importa y no tienes obligación de hacerlo."

Yo la verdad tuve menos problemas con los contadores durante 2013 que todas las facturas indicaba "No aplica" que durante los años anteriores que te regresaban y no te pagaban las facturas por cualquier tontería que se les ocurría (o que inventaban) en esos campos.

Saludos!

Re: Hay de cierto esto ?? ( nuevos cambios forma de pago )

Publicado: Mar Mar 25, 2014 12:00 pm
por lrhage
Bien! Ahora será mas fácil.

También se puede aplicar para el pago parcial ¿no?

Re: Hay de cierto esto ?? ( nuevos cambios forma de pago )

Publicado: Mar Mar 25, 2014 4:57 pm
por condor0086
lrhage escribió:También se puede aplicar para el pago parcial ¿no?
No menciona ninguna diferenciación en cuanto al tipo de comprobante, así que en mi opinión aplica igual para cualquier CFDI.