Para las facturas que no sean pagadas al momento de elaborar la factura (facturas a credito) o facturas que se paguen en abonos se debera definir el metodo de pago con la expresion "pago" (sic) (ref. DOF Regla Fiscal 2.7.1.35)
Para esas facturas pagadas en abonos se le debe agregar el (nuevo) Complemento Para Pagos el cual sera publicado posteriormente
Muchas dudas:
Como se puede poner pago Y luego agregar un complemento que aun no se publica?
Todavia No entiendo tanta maraña, creo que posteriormente debemos emitir CFDis por cada pago en "Cero" y anexando ese complemento de pagos?
Ojala no fueran timbrados (lo dudo) ahora si los PACs se van a forrar, si antes eran digamos unos 100,000 timbres, facil se multiplicaria el timbrado sino al doble, al triple con eso de que hay cada cliente que paga cuando puede.
Ahora si voy a poner a nuestros contadores a que me expliquen este des...astre.
Como pueden sacar tantas burradas en tan poco tiempo?
Como funciona eso en las mentecitas del SAT?
Si hubiera otra prorroga, digamos por lo que resta del sexenio (y el que viene).
