RESOLUCION MISCELANEA FISCAL 2011
Publicado: Vie Jul 01, 2011 1:49 pm
Hoy es un dia importante para esta historia del CFD.
Todos los PACFD DESAPARECEN, lo que mas pudieron se convirtieron en PAC
Tambien hay una nueva MISCELANEA, el resumen de lo que a grandes rasgos alcanzo a ver :
Si el PAC resuelve el caso podra seguir operando sin problema.
Es suficiente CINCO OMISIONES DE ENVIO DE CFDI AL SAT o en su caso CINCO INCUMPLIMIENTOS DE VALIDACION para que el SAT tome medidas (nota mia:
solo cinco!)
HAY MUCHA MAS INFORMACION en la nueva miscelanea, aqui anote lo que creo es lo mas interesante para CFD /CFDI pero hay tambien informacion para las facturas preimpresas (las de imprenta) y las autoimpresas (las del codigo de barras)
AQUI LA LIGA
Todos los PACFD DESAPARECEN, lo que mas pudieron se convirtieron en PAC
Tambien hay una nueva MISCELANEA, el resumen de lo que a grandes rasgos alcanzo a ver :
El SAT se pondra muy estricto en verificar que los PAC cumplan con la validacion de lo que reciben asi como de los requisitos generales, en caso de incumplimiento el SAT notificara al PAC el cual tiene 10 dias habiles para que corrija su problema. En caso que el PAC no lo corrija hay pena de revocacion de autorizacion para ser PACPara los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo párrafo del CFF, los contribuyentes podrán utilizar uno o más proveedores de certificación de CFDI autorizados y utilizar de manera simultánea la prestación de varios proveedores autorizados por el SAT.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a proporcionar por escrito al proveedor de servicios de certificación de CFDI autorizado, su manifestación de conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los comprobantes que les haya certificado.
Si el PAC resuelve el caso podra seguir operando sin problema.
Es suficiente CINCO OMISIONES DE ENVIO DE CFDI AL SAT o en su caso CINCO INCUMPLIMIENTOS DE VALIDACION para que el SAT tome medidas (nota mia:

Para los efectos del artículo 29, quinto párrafo del CFF, el monto de $2,000.00, a que se refiere dicho precepto, deberá de ser cuantificado antes de la determinación de los impuestos que correspondan, considerando únicamente la contraprestación con la cual se extinga la obligación de pago correspondiente
(nota mia: nos dan chance otro ratito, hay que aprovecharlo)...los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal de 2010 y anteriores hayan optado por expedir CFD al amparo de lo dispuesto por el artículo 29 del CFF, vigente hasta el 31 de diciembre de 2010 y los hayan emitido efectivamente, podrán optar por continuar generando y emitiendo por medios propios CFD, sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI para la validación de requisitos, asignación de folio e incorporación del sello digital del SAT.
HAY MUCHA MAS INFORMACION en la nueva miscelanea, aqui anote lo que creo es lo mas interesante para CFD /CFDI pero hay tambien informacion para las facturas preimpresas (las de imprenta) y las autoimpresas (las del codigo de barras)
AQUI LA LIGA