
DESCARGA SOFTWARE PARA FACTURA ELECTRONICA DE AQUI.
Facturacion, Validacion, Addendas, Librerias de programacion, etc.
CARTA PORTE V3.1
ECODEX TIENE ESTOS NUEVOS DATOS DE CONTACTO :
Comercializacion y Ventas - Evelia Vicke evicke@ecodex.com.mx 33-16-03-03-48
Soporte - Humberto Guerrero soporte@ecodex.com.mx 33-34-90-46-03
.
Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
-
- Mensajes: 78
- Registrado: Vie Jun 29, 2012 12:03 pm
Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Buenas, mi duda es, si a un cliente tiene 3 facturas a pagar en parcialidades, y me paga las 3 en un solo recibo, ¿puedo crear un solo comprobante abarcando las 3 facturas que pagó? obviamente las 3 las pagó con el mismo método de pago.
Si acaso se puede, ¿qué y como debo especificar los datos? ¿y los campos de ""FolioFiscalOriginal" y los otros similares, ¿podría no ponerlos al ser opcionales?
Gracias.
Si acaso se puede, ¿qué y como debo especificar los datos? ¿y los campos de ""FolioFiscalOriginal" y los otros similares, ¿podría no ponerlos al ser opcionales?
Gracias.
-
- Mensajes: 78
- Registrado: Vie Jun 29, 2012 12:03 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
¿Nadie? 
Un ejemplo:
Supongamos que un cliente tiene 45 días de plazo para pagar una factura (o comprobante fiscal). A ese cliente se le expide un comprobante el día 5 por una compra que hizo, en dicho comprobante se especifica que es pago en parcialidades en la forma de pago, se coloca "No identificado" en el método de pago y se genera con el total de la compra. Luego el día 12 vuelve a comprar otras cosas, por lo que se vuelve a expedir otro comprobante como el anterior, y por último el día 25 regresa y hace una tercer compra.
El día 1 del siguiente mes viene a realizar un pago, pero con un mismo cheque me paga por completo el primer y el segundo compronante, y me da un anticipo del tecero.
La duda es... Al realizar el pago el día 1, ¿forzosamente debo crear 3 comprobantes, uno para cada comprobante que está pagando? ¿o puedo generar un solo comprobante, colocando 3 movimientos, cada uno aclarando el folio fiscal y el total del comprobante a pagar?
Saludos.

Un ejemplo:
Supongamos que un cliente tiene 45 días de plazo para pagar una factura (o comprobante fiscal). A ese cliente se le expide un comprobante el día 5 por una compra que hizo, en dicho comprobante se especifica que es pago en parcialidades en la forma de pago, se coloca "No identificado" en el método de pago y se genera con el total de la compra. Luego el día 12 vuelve a comprar otras cosas, por lo que se vuelve a expedir otro comprobante como el anterior, y por último el día 25 regresa y hace una tercer compra.
El día 1 del siguiente mes viene a realizar un pago, pero con un mismo cheque me paga por completo el primer y el segundo compronante, y me da un anticipo del tecero.
La duda es... Al realizar el pago el día 1, ¿forzosamente debo crear 3 comprobantes, uno para cada comprobante que está pagando? ¿o puedo generar un solo comprobante, colocando 3 movimientos, cada uno aclarando el folio fiscal y el total del comprobante a pagar?
Saludos.
-
- Mensajes: 370
- Registrado: Lun Oct 10, 2011 11:50 am
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Las dos opciones son validas dependiendo del diseño de tu sistema de cuentas por cobrar
(Aclarando que, hasta donde yo se, los pagos no tienen nada que ver con CFDIs )
(Aclarando que, hasta donde yo se, los pagos no tienen nada que ver con CFDIs )
-
- Mensajes: 78
- Registrado: Vie Jun 29, 2012 12:03 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Gracias, aunque me refiero a comprobante fiscal (CFDI) que tenemos que generar por la parcialidad, que si en ese comprobante es posible meter mas de una parcialidad, por ejemplo, dos movimientos, uno para la parcialidad de una factura y otro para la parcialidad de otra.jggtz escribió:Las dos opciones son validas dependiendo del diseño de tu sistema de cuentas por cobrar
(Aclarando que, hasta donde yo se, los pagos no tienen nada que ver con CFDIs )
Es que les expongo la duda a los del SAT en su chat y se hacen bolas.
-
- Mensajes: 370
- Registrado: Lun Oct 10, 2011 11:50 am
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Si tu ya generaste un CFDI por el ingreso total de la transaccion (venta), ya no tienes que hacer otro CFDI por cada pago que te haga
- Dado
- Mensajes: 15981
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Antes era obligatorio hacerlo asi, ahora hay facilidades para ya no hacer las facturas de las parcialidadesjggtz escribió:Si tu ya generaste un CFDI por el ingreso total de la transaccion (venta), ya no tienes que hacer otro CFDI por cada pago que te haga
Hay un tema muy extenso al respecto con mas de 100 mensajes, si quieres saber mas opiniones e informacion haz clic aqui
Nop, no es posible mezclar parcialidades, eso debido a que hay cuatro campos que hacen referencia a la factura original por el total y son :Gracias, aunque me refiero a comprobante fiscal (CFDI) que tenemos que generar por la parcialidad, que si en ese comprobante es posible meter mas de una parcialidad, por ejemplo, dos movimientos, uno para la parcialidad de una factura y otro para la parcialidad de otra.
FolioFiscalOrig
SerieFolioFiscalOrig
FechaFolioFiscalOrig
MontoFolioFiscalOrig
Asi que solo es posible hacer referencia a una factura por el total, si pones una segunda parcialidad de otra factura no hay forma de hacer la relacion
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
-
- Mensajes: 78
- Registrado: Vie Jun 29, 2012 12:03 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
En el chat del SAT me dijeron que si es obligatorio hacer los comprobantes de parcialidades, además del CFDI del total de la transacción. Lo que me dijeron es que ya no estaba vigente lo de nada mas hacer el CFDI orignial.jggtz escribió:Si tu ya generaste un CFDI por el ingreso total de la transaccion (venta), ya no tienes que hacer otro CFDI por cada pago que te haga
Por cierto, gracias DADO, tendremos que hacerlo así entonces.
P.D.: Otra cosa que me dijeron es que no se puede poner "PArcialidad 1 de 2", "Parcialidad 2 de 3", "Parcialidad 3 de 3", se deben conocer desde el primer momento la cantidad de parcialidades, sino hay que cancelar los comprobantes y rehacerlos con la nueva numeración, ahi tengo grabada la conversación con el SAT.
- Dado
- Mensajes: 15981
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Busca la siguiente regla en la Resolucion Miscelanea Fiscal :
Por ultimo.......se que me vas a tirar de loco, yo no soy "oficial del SAT" pero los chavos del Chat no saben mucho, que me disculpen, pero la mayor parte de las veces dicen puras burradas
Nota. Disculpa, por falta de tiempo no me es posible revisar todos los detalles, pero te voy a dar pistas solidas (como la regla que menciono) para que tengas mas informacion y tomes la mejor decision.Ya no es obligatorio expedir comprobantes de pagos en parcialidades. La regla I.2.7.1.13., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013, establece lo siguiente :
I.2.7.1.13. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un solo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF. “
Por ultimo.......se que me vas a tirar de loco, yo no soy "oficial del SAT" pero los chavos del Chat no saben mucho, que me disculpen, pero la mayor parte de las veces dicen puras burradas

ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
-
- Mensajes: 78
- Registrado: Vie Jun 29, 2012 12:03 pm
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Lo último tienes toda la razón, son bastante cerrados y parece que ni siquiera leen lo que uno les intenta explicar xDDDDADO escribió:Busca la siguiente regla en la Resolucion Miscelanea Fiscal :
Nota. Disculpa, por falta de tiempo no me es posible revisar todos los detalles, pero te voy a dar pistas solidas (como la regla que menciono) para que tengas mas informacion y tomes la mejor decision.Ya no es obligatorio expedir comprobantes de pagos en parcialidades. La regla I.2.7.1.13., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2013, establece lo siguiente :
I.2.7.1.13. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando el pago de la contraprestación respectiva se efectúe en parcialidades, los contribuyentes podrán optar por emitir un solo comprobante fiscal en donde señalen expresamente tal situación, mismo que además deberá contener el valor total de la operación de que se trate, el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a), segundo párrafo del propio CFF. “
Por ultimo.......se que me vas a tirar de loco, yo no soy "oficial del SAT" pero los chavos del Chat no saben mucho, que me disculpen, pero la mayor parte de las veces dicen puras burradas
Pero bueno, si les mencioné ese artículo, pero me dijo que ya no era válido (el del SAT), que ya era obligatorio hacer las parcialidades.
-
- Mensajes: 35
- Registrado: Mar Dic 28, 2010 11:53 am
Re: Pequeña duda sobre comprobante en parcialidades
Es obligatorio?
R=SI
Fundamento: Art. 29-A Fracción VII Inciso B del Codigo Fiscal de la Federacion
Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del comprobante fiscal digital por Internet emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior.
Solo que hay un dilema tal como esta sucediendo con el nuevo regimen (RIF) en esto: ...... en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. No se si se les olvido publicar una regla o se aplicará las reglas generales que aplican a un CFDI "normal"
El el 2013 si existia la facilidad en la regla I.2.7.1.13, pero para 2014 eliminaron dicha regla.
R=SI
Fundamento: Art. 29-A Fracción VII Inciso B del Codigo Fiscal de la Federacion
Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del comprobante fiscal digital por Internet emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior.
Solo que hay un dilema tal como esta sucediendo con el nuevo regimen (RIF) en esto: ...... en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. No se si se les olvido publicar una regla o se aplicará las reglas generales que aplican a un CFDI "normal"
El el 2013 si existia la facilidad en la regla I.2.7.1.13, pero para 2014 eliminaron dicha regla.