Aqui propongo que discutamos sobre ese tema dificil que es el pago en parcialidades.
Por lo pronto pongo las bases :
Se agregaron 3 (o cuatro) nuevos conceptos para definir cuando se trate de facturas correspondientes a las aprcialidades
a. Serie original (solo para V2.2)
b. Folio original
c. Fecha del folio original
d. Monto original
Y algo MUY IMPORTANTE que no se ha discutido, hay una disposicion en la que ademas hay que señalar EN LA DESCRIPCCION el monto y numero de la parcialidad
En terminos generales se debe cumplir que: Se haga una factura POR EL TOTAL de los bienes y servicios y mas adelante se haga otra factura POR CADA PARCIALIDAD que se pague.I.2.7.1.6. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, tratándose de comprobantes fiscales que se expidan por cada parcialidad, se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, cuando se señale el folio fiscal asignado por el SAT para CFDI, del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación.
Para cumplir con los requisitos de señalar el monto y número de parcialidad, estos datos también deberán consignarse en el campo de la descripción del bien, del servicio o del uso o goce.