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CARTA PORTE V3.1

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Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad)

Y para empezar Que es una Factura Electronica? Como empiezo? Necesito Autorizacion? Que medios hay para Facturar Electronicamente? estos y todos los temas de iniciacion deberan estar aqui
fer-kun
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por fer-kun »

DADO escribió:Orale!!!

Sabian esta?

Segun la NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-202 debemos usar LA COMA como separador decimal, NO ES EL PUNTO DECIMAL que usamos, debe ser una COMA

Ademas la separacion de los grupos debe ser con un espacio

Ejemplo

248 593 838,37

Ah! y ya lo revise y no viene como definir un servicio, devolucion o algo "intangible"
Jajajajaja. Chale, es una "Norma oficial mexicana" -> "Piratiada" de una norma Oficial Española ... Jajajajajajaja...

Me sugirieron ( contador ) que; En unidad para las cosas que no sean unidad de medida poner la palabra completa, que al cabo no hay limite de caracteres , ejemplo Pieza, Servicio, Bulto, Guato, Costal. <- Checar diccionario de la real academia de la lengua española. jajajajaja
condor0086
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por condor0086 »

DADO escribió:Orale!!!

Sabian esta?

Segun la NORMA Oficial Mexicana NOM-008-SCFI-202 debemos usar LA COMA como separador decimal, NO ES EL PUNTO DECIMAL que usamos, debe ser una COMA

Ademas la separacion de los grupos debe ser con un espacio

Ejemplo

248 593 838,37

Ah! y ya lo revise y no viene como definir un servicio, devolucion o algo "intangible"
¡Son unos maestros!, con esto se elimina cualquier tipo de confusión, cualquier mexicano entenderá inmediatamente una cantidad puesta de esa forma, y no el ridículo modelo de "1,234.56" que TODOS hemos estado utilizando hasta ahora desde que nacimos. :twisted:
Última edición por condor0086 el Mar Ene 03, 2012 12:51 pm, editado 1 vez en total.
mauricio
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por mauricio »

Ver para creer...
Todo lo que no es dado es perdido
Signals
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Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por Signals »

Hola

Según lo que he encontrado respecto del atributo de la "Unidad de medida", La Autoridad fiscal ha creado una paradoja, toda vez que en la Resolución de la MIscelánea Fiscal dice:

Concepto de unidad de medida a utilizar en los comprobantes fiscales

I.2.7.1.5. Para los efectos del artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF, por unidad de medida debe entenderse a las unidades del Sistema General de Unidades de Medida a que se refiere la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.
CFF 29-A
(Fuente: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codi ... 28/12/2011)

La Ley Federal Sobre Metrología y Normalización en el Capítulo III "De la Medición Obligatoria de las Transacciones" dice:
ARTÍCULO 15.
En toda transacción comercial, industrial o de servicios que se efectúe a base de cantidad, ésta deberá medirse utilizando los instrumentos de medir adecuados, excepto en los casos que señale el reglamento, atendiendo a la naturaleza o propiedades del objeto de la transacción.
(Fuente: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf)

El Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización en su capítulo III dice:
Artículo 13.
Para los efectos del primer párrafo del artículo 15 de la Ley, se puede eximir de utilizar los instrumentos de medición en las transacciones comerciales, industriales o de servicios que se efectúen en base a cantidad, cuando, entre otras:

l. Los bienes o servicios se comercialicen a base de cantidad de partes, accesorios o unidades de efectos, del bien o servicio de que se trate, o
ll. Las transacciones comerciales no se efectúen con base en la determinación de una magnitud.
(Fuente: http://portaladm.chihuahua.gob.mx/atach ... ologia.pdf)

Long strory short... La autoridad Hacendaria nos refiere a Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, cuyo reglamento nos dice (a mi entender) que para transacciones comerciales queda eximida la obigación de unidades de medida cuando las operaciones comerciales no se efectúen con base en la determinación de una magnitud (por ejemplo cuando la transacción se deba a prestaciones de servicio)...

La autoridad por un lado obliga a incluir un atributo y nos refiere a una ley que nos exime de utilizarlo. Paradójico ¿No?

Saludos
condor0086
Mensajes: 425
Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:11 pm

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por condor0086 »

Signals escribió:Hola

Según lo que he encontrado respecto del atributo de la "Unidad de medida", La Autoridad fiscal ha creado una paradoja, toda vez que en la Resolución de la MIscelánea Fiscal dice: ...
Medio en broma medio en serio, y basándonos estrictamente en la información que presentas... ¿no sería entonces lo correcto poner "No Identificado" o "No aplica" en esos casos?

(Yo voto por Pieza, Bulto, Lata, Servicio, Etc...)
Signals
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Registrado: Jue Jul 14, 2011 7:31 pm

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por Signals »

condor0086 escribió:
Signals escribió:Hola

Según lo que he encontrado respecto del atributo de la "Unidad de medida", La Autoridad fiscal ha creado una paradoja, toda vez que en la Resolución de la MIscelánea Fiscal dice: ...
Medio en broma medio en serio, y basándonos estrictamente en la información que presentas... ¿no sería entonces lo correcto poner "No Identificado" o "No aplica" en esos casos?

(Yo voto por Pieza, Bulto, Lata, Servicio, Etc...)
Yo pienso que lo apropiado sería "No aplica", pero la ley dice otra cosa.

Es más, tal parece que se pone peor: Según el Sistema General de Unidades de Medida, las unidades de medidas oficiales para longitud es el metro (m), para masa el Kilogramo (Kg), volúmen el Litro (l). No reconoce milímetros, centímetros, centilitros, mililitros, etc.
(http://www2.ine.gob.mx/publicaciones/do ... 08scfi.pdf)

Esto quiere decir que, toda vez que "Lata" no es reconocida como unidad de medida, para el caso de la venta de dos latas de Coca-Cola habría que indicar que se tratan de .954 Litros de Coca-Cola.

Es necesario que la autoridad rectifique o aclare estas aberraciones.

Esto está de locos.

PD
San Agustín dijo "Una ley injusta no es ley", Yo lo ajustaría a "Una ley tonta no es ley"
figarogdl
Mensajes: 39
Registrado: Mié Nov 16, 2011 4:54 pm

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por figarogdl »

Es más, tal parece que se pone peor: Según el Sistema General de Unidades de Medida, las unidades de medidas oficiales para longitud es el metro (m), para masa el Kilogramo (Kg), volúmen el Litro (l). No reconoce milímetros, centímetros, centilitros, mililitros, etc.
Yo digo que si los reconoce, vienen los prefijos en la Tabla 19 para poder formar los múltiplos o submúltiplos de cada unidad.

Saludos!!
Roberto
figarogdl
Mensajes: 39
Registrado: Mié Nov 16, 2011 4:54 pm

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por figarogdl »

Otro asunto interesante de la NOM de Unidades de Medida, es que en la Tabla 16 vienen especificadas "Unidades que no pertenecen al SI, pero que se conservan para usarse con el SI" o sea, que las podemos usar, entre otras de tiempo: min(uto), h(ora), d(ía), a(ño); nótese que no viene mes, por ejemplo para los recibos de arrendamiento.
Y viene también en vólumen los litros (l,L), y en masa las toneladas (t).

--
Saludos!!
Roberto.
E.T.
Mensajes: 16
Registrado: Jue Ene 05, 2012 11:21 am

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por E.T. »

chequen este documento
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servic ... 12_CFF.PDF

en la pagina 16 dice:

Se incluye lo de unidad de medida...
En bienes que no se puedan identificar individualmente se debe señalar expresamente dicha situación.


saludos!!!
Última edición por E.T. el Jue Ene 05, 2012 12:04 pm, editado 1 vez en total.
E.T.
Mensajes: 16
Registrado: Jue Ene 05, 2012 11:21 am

Re: Discusion sobre V3.2 V2.2 (MetodoPago, NumCtaPago,Unidad

Mensaje por E.T. »

Viendolo de esa forma el atributo de unidad debe quedar como "no identificable" ya que nuestra unidad o descripcion no aparece en la NOM-008-SCFI-202
¿sera?
Cerrado