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Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
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- Mensajes: 623
- Registrado: Lun Ago 02, 2010 1:27 pm
Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Buen dia compañeros, dentro de unos días mandaré mi 1er reporte mensual al SAT, segun yo todo lo tengo bien, segui los pasos del anexo 20, pero no se si alguien sabe como validar el archivo de texto del reporte mensual antes de enviarlo al portal del SAT, ó bien cuantos dias dará el SAT después de que se cumpla el mes, es decir para el 20 de noviembre será 1 mes de que empece hacer mi 1er factura electrónica, me dará tiempo el SAT de mandarlo el 21 ?? ó hay algun rango de días de tolerancia ??
- Dado
- Mensajes: 15981
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Para enviar el reporte de folios usados primero tienes que "firmarlo", luego te genera un *.zip que tienes que enviar.agag4 escribió:Buen dia compañeros, dentro de unos días mandaré mi 1er reporte mensual al SAT, segun yo todo lo tengo bien, segui los pasos del anexo 20, pero no se si alguien sabe como validar el archivo de texto del reporte mensual antes de enviarlo al portal del SAT, ó bien cuantos dias dará el SAT después de que se cumpla el mes, es decir para el 20 de noviembre será 1 mes de que empece hacer mi 1er factura electrónica, me dará tiempo el SAT de mandarlo el 21 ?? ó hay algun rango de días de tolerancia ??
Bueno, en ese firmado (parte del SICOFI) hay una validacion y si no esta bien te lo hace saber, yo personalmente he tenido ese detalle y tambien salim en este post lo menciona.
En resumen, no te preocupes, si tu reporte esta mal formado el SAT no te lo acepta, eso en parte es bueno, que no te acepte un reporte mal formado, asi tienes la certeza que si lo acepto es porque esta bien.
El reporte tienes que enviarlo "al siguiente mes", es decir, tienes hasta el 30 de noviembre a las 11:59pm para enviarlo, no tengo a la mano el fundamente legal de esto, alguien podria ayudarme en esto y buscar en donde dice que hay que enviar el reporte "al siguiente mes" gracias.
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- Mensajes: 115
- Registrado: Jue Jul 22, 2010 9:37 am
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
tengo entendido que se tiene que enviar dentro de los primeros diez dias del mes siguiente (eso me dijo una compañera de la oficina)....abra que revisarlodado escribió: El reporte tienes que enviarlo "al siguiente mes", es decir, tienes hasta el 30 de noviembre a las 11:59pm para enviarlo, no tengo a la mano el fundamente legal de esto, alguien podria ayudarme en esto y buscar en donde dice que hay que enviar el reporte "al siguiente mes" gracias.

- Carlos R
- Mensajes: 16
- Registrado: Vie Sep 24, 2010 6:02 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Cualquiera hubiera pensado la respuesta "10 dias pasado el mes" (me uno a esos cualquieras).. La sopresa es que almenos yo, no he encontrado el fundamento legal para eso, pero lo que sí encontré es:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/in ... _6453.html
Además de RMF. última publicada.
Información mensual de emisores de CFD
II.2.23.4.2. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción IV, de la regla II.2.23.4.1., los contribuyentes que hayan optado por generar y expedir CFD, deberán presentar de manera mensual, la información relativa a las operaciones realizadas con dichos comprobantes en el mes inmediato anterior, la cual se deberá presentar dentro del mes siguiente a aquél del que se informa.
Para la presentación de la información, el sistema informático utilizado por los contribuyentes a que se refiere la regla II.2.23.4.4., deberá generar un archivo que contenga un reporte mensual con los datos señalados en la fracción IV de la citada regla.
El archivo generado deberá reunir las características técnicas a que se refiere el rubro I.A “Características técnicas del archivo que contenga el informe mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos” del Anexo 20.
El sistema electrónico a que se refiere la regla II.2.23.4.4., fracciones I, II, III y IV, deberá ser programado por los contribuyentes para generar automáticamente el archivo con el reporte mensual a que hace mención esta regla, el cual deberá ser enviado a través de la página de Internet del SAT.
Aquellos contribuyentes que optaron por expedir CFD y que durante el mes de calendario, no hubiesen emitido los citados comprobantes, deberán presentar de forma mensual a través de la página de Internet del SAT, un reporte de no expedición de CFD, dicha información deberá presentarse utilizando su FIEL dentro del mes inmediato siguiente a aquél del que se informa.
No dice fecha, pero sí limite. reportar en el mes el inmediato anterior.
Sigamos leyendo.
Saludos!
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/in ... _6453.html
Además de RMF. última publicada.
Información mensual de emisores de CFD
II.2.23.4.2. Para los efectos de lo dispuesto en la fracción IV, de la regla II.2.23.4.1., los contribuyentes que hayan optado por generar y expedir CFD, deberán presentar de manera mensual, la información relativa a las operaciones realizadas con dichos comprobantes en el mes inmediato anterior, la cual se deberá presentar dentro del mes siguiente a aquél del que se informa.
Para la presentación de la información, el sistema informático utilizado por los contribuyentes a que se refiere la regla II.2.23.4.4., deberá generar un archivo que contenga un reporte mensual con los datos señalados en la fracción IV de la citada regla.
El archivo generado deberá reunir las características técnicas a que se refiere el rubro I.A “Características técnicas del archivo que contenga el informe mensual de comprobantes fiscales digitales emitidos” del Anexo 20.
El sistema electrónico a que se refiere la regla II.2.23.4.4., fracciones I, II, III y IV, deberá ser programado por los contribuyentes para generar automáticamente el archivo con el reporte mensual a que hace mención esta regla, el cual deberá ser enviado a través de la página de Internet del SAT.
Aquellos contribuyentes que optaron por expedir CFD y que durante el mes de calendario, no hubiesen emitido los citados comprobantes, deberán presentar de forma mensual a través de la página de Internet del SAT, un reporte de no expedición de CFD, dicha información deberá presentarse utilizando su FIEL dentro del mes inmediato siguiente a aquél del que se informa.
No dice fecha, pero sí limite. reportar en el mes el inmediato anterior.
Sigamos leyendo.
Saludos!
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- Mensajes: 623
- Registrado: Lun Ago 02, 2010 1:27 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Bueno cuando menos te dicen en el mes inmediato posterior, pero con que me den unos dias, asi si me salen errores los corrijo , gracias compañeros. 
Tengo que usar el SICOFI para firmarlo antes de mandarlo ??

Tengo que usar el SICOFI para firmarlo antes de mandarlo ??
- Dado
- Mensajes: 15981
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Si, el envio es en dos partes.agag4 escribió:Tengo que usar el SICOFI para firmarlo antes de mandarlo ??
Dentro del SICOFI esta la opcion de firmarlo, eso te genera dos archivos en tu compu, uno de ellos esta comprimido con zip
El siguiente paso es enviar ese archivo zip
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- Mensajes: 623
- Registrado: Lun Ago 02, 2010 1:27 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Entonces, el unico archivo que hay que mandar al portal del SAT es el .zip ?? porque según yo era el .txt el que se tiene que enviar.
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- Mensajes: 623
- Registrado: Lun Ago 02, 2010 1:27 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
Ya entre al SICOFI, tengo una duda , estoy en la seccion de FIRMADO, y me pide TIPO REPORTE( HAY 3 OPCIONES), alli elijo la 3ra. "COMPROBANTES FISCALES IMPRESOS POR EL PROPIO CONTRIBUYENTE " ????
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- Mensajes: 17
- Registrado: Mié Ago 04, 2010 4:29 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
La opción debe ser "Comprobantes Fiscales Digitales"
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- Mensajes: 623
- Registrado: Lun Ago 02, 2010 1:27 pm
Re: Hay validador para el REPORTE MENSUAL ??
ok, gracias.