Alguien tiene información al respecto que me pueda ser de ayuda? Está funcionando correctamente el servicio? o cómo es que puedo obetener información directa del sat al respecto?
Incluso en la página del sat dice lo siguiente:
Muchas gracias por la ayudaLos contribuyentes emisores de CFDI, para efectuar la cancelación de los mismos, deberán hacerlo con su CSD, a través del servicio para consultar, cancelar y recuperar Facturas Electrónicas (CFDI).