Hola buenas tardes, espero me puedan ayudar a aclarar estas dudas que tengo:
Estoy utilizando comprobantes fiscales impresos con CBB, y entonces en la Reforma Miscelanea Fiscal 2013 II.2.6.1.1 dice : "Los contribuyentes que opten por expedir comprobantes fiscales impresos en términos de esta regla, quedarán relevados de la obligación de presentar la información trimestral a que se refiere el artículo 29-B, fracción I, inciso c), segundo párrafo del CFF.
CFF 29-B"
Y en el articulo 29-B del CFF dice: "LOS CONTRIBUYENTES DEBERAN PRESENTAR TRIMESTRALMENTE AL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DECLARACION INFORMATIVA CON LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LOS COMPROBANTES FISCALES QUE HAYAN EXPEDIDO CON LOS FOLIOS ASIGNADOS. EN CASO DE QUE NO SE PROPORCIONE DICHA INFORMACION NO SE AUTORIZARAN NUEVOS FOLIOS. "
- Ahora si, la primera duda es: ¿Entonces le hago caso a la Reforma Miscelanea Fiscal o al Código Fiscal de la Federación?
- Tambien con respecto al CBB me comentaron que solo aplica para operaciones menores a $2,000.00, es cierto??

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Reportes de emision CBB
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- Registrado: Lun Sep 17, 2012 10:19 am
Re: Reportes de emision CBB
Te lo explico lo más sencillo:
La Resolución Miscelánea Fiscal contiene reglas para complementar lo que dictan las "leyes fiscales normales". Si el Código Fiscal menciona que es blanco, pero la Resolución dice que puede ser negro o gris, bueno, ya son tres opciones las que tienes. Para tu caso específico, no necesitas presentar dicho reporte pues la regla II.2.6.1.1 te exime.
Ahora bien, respecto al uso del CBB, lo puedes utilizar para todas las operaciones que tengas siempre y cuando tus ingresos acumulables para efectos de ISR durante el año anterior no excedan los $4 millones de pesos. Si te pasaste de ese límite, estás obligado a emitir CFDI, pero tienes la opción de facturar en papel (usando el CBB) si se trata de operaciones menores a los $2 mil pesos.
Saludos.
La Resolución Miscelánea Fiscal contiene reglas para complementar lo que dictan las "leyes fiscales normales". Si el Código Fiscal menciona que es blanco, pero la Resolución dice que puede ser negro o gris, bueno, ya son tres opciones las que tienes. Para tu caso específico, no necesitas presentar dicho reporte pues la regla II.2.6.1.1 te exime.
Ahora bien, respecto al uso del CBB, lo puedes utilizar para todas las operaciones que tengas siempre y cuando tus ingresos acumulables para efectos de ISR durante el año anterior no excedan los $4 millones de pesos. Si te pasaste de ese límite, estás obligado a emitir CFDI, pero tienes la opción de facturar en papel (usando el CBB) si se trata de operaciones menores a los $2 mil pesos.
Saludos.
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- Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:11 pm
Re: Reportes de emision CBB
Sólo una pequeña observación sobre el comentario de @Eistrup
Hubo cambios posteriores que eliminaron la facilidad de utilizar CBB para operaciones menores a $2 mil pesos. Si tus ingresos superan los 4 millones entonces todos tus comprobantes, sin importar su monto, tienen que ser forzosamente CFDI (o CFD si eres afortunado y tomaste este esquema en el 2010).
Saludos.
Hubo cambios posteriores que eliminaron la facilidad de utilizar CBB para operaciones menores a $2 mil pesos. Si tus ingresos superan los 4 millones entonces todos tus comprobantes, sin importar su monto, tienen que ser forzosamente CFDI (o CFD si eres afortunado y tomaste este esquema en el 2010).
Saludos.