Por disposicion oficial las personas fisicas deberan tramitar su CSD ya que a partir del 4 de marzo del 2015 ya no se les permitira usar la FIEL para firmar digitalmente sus facturas (o mas genericamente, sus CFDI)
Esta era la regla por la cual se permitia a las personas fisicas usar la FIEL
Esta es la nueva regla en donde menciona que el uso de la FIEL se sigue permitiendo pero solo en el portal de emision gratuita del SAT. Ref aquiFacilidad para que las personas físicas expidan CFDI con FIEL
2.2.7. Para los efectos de los artículos 29, fracción II del CFF, para la emisión de CFDI las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado CFF.
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Nota para los usuarios de nuestro software (CFDLib.dll, Servitimbre y Safari): no es necesario hacer NADA especial, no es necesario actualizar el software, no es necesario que nos envie el certificado, no es necesario pedir una nueva liga para cargarlo, no es necesario NADA de nuestra parte, lo unico que deben hacer es configurar la ruta a su nuevo certificado y eso es todo.Facilidad para que las personas físicas expidan CFDI con FIEL
2.2.7. Para los efectos de los artículos 29, fracción II del CFF, para la emisión de CFDI las personas físicas en sustitución del CSD, podrán utilizar el certificado de FIEL obtenido conforme a lo previsto en el artículo 17-D del citado CFF. unicamente para la emision del CFDI atravez de la herramienta electronica denominada "Servicio gratuito de generacion de Factura Electronica (CFDI) ofrecido por el SAT"
Debido a la forma en que el SAT administra los certificados es posible (casi seguro) que deban esperar de 24 a 72 horas antes de poder usar un certificado reciente. (para los que necesiten mas explicacion busquen aqui en el foro "Listas LCO")