Buen día a todos.
Tengo una situación peculiar que no encuentro mencionada en los casos contemplados en la guía de llenado de los recibos electrónicos de pago (REP).
Es simple, recibimos un pago por transferencia electrónica y generamos la factura correspondiente. Como el importe de la factura es cubierto en su totalidad por dicha transferencia, emitimos la factura con parcialidades como método de pago (PPD).
Posteriomente recibimos una segunda transferencia cubriendo el saldo de la factura mencionada y emitimos un REP documentando este segundo pago.
El cliente está en desacuerdo con esta forma de manejarlo. En su opinión, el REP debería incluir ambos pagos. A mi entender, dado que el primer pago fué recibido antes de la factura, no debe estar incluido.
Les agradezco sus comentarios.

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Pago -> Factura -> Pago
- Dado
- Mensajes: 15980
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Pago -> Factura -> Pago
No concuerdas lo que comentas
Dices que el primer pago cubre la totalidad de la factura, pero que despues recibes otro pago cubriendo el saldo de la factura
Entonces, si te pagan completo o no desde el primer pago ?
Dices que el primer pago cubre la totalidad de la factura, pero que despues recibes otro pago cubriendo el saldo de la factura
Entonces, si te pagan completo o no desde el primer pago ?
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- Mensajes: 37
- Registrado: Mar May 03, 2016 11:29 am
Re: Pago -> Factura -> Pago
Revisa la guia de llenado ya que debes de emitir un comprobante de ingreso por el pago parcial, luego emitir el cfdi de la factura, despues emitir una nota de credito por el anticipo.
El complemento de pago sera por los pagos posteriores.
El complemento de pago sera por los pagos posteriores.
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- Mensajes: 13
- Registrado: Mar Sep 11, 2018 10:19 am
Re: Pago -> Factura -> Pago
Gracias por la observación. Omití una palabra crucial, el no.
Es decir: "Como el importe de la factura no es cubierto en su totalidad por dicha transferencia..."
Es decir: "Como el importe de la factura no es cubierto en su totalidad por dicha transferencia..."
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- Mensajes: 13
- Registrado: Mar Sep 11, 2018 10:19 am
Re: Pago -> Factura -> Pago
Marco:
He revisado la guía y no encuentro este caso descrito (de ahí mi pregunta).
Comentas que primero se debe emitir un comprobante de ingreso, ¿a qué te refieres? A mi entender, la factura es el comprobante de ingreso. ¿Y luego emitir una nota de crédito? No sé si comprendiste el problema planteado, pero yo ignoro en base a qué propones una idea semejante.
He revisado la guía y no encuentro este caso descrito (de ahí mi pregunta).
Comentas que primero se debe emitir un comprobante de ingreso, ¿a qué te refieres? A mi entender, la factura es el comprobante de ingreso. ¿Y luego emitir una nota de crédito? No sé si comprendiste el problema planteado, pero yo ignoro en base a qué propones una idea semejante.
- Dado
- Mensajes: 15980
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: Pago -> Factura -> Pago
Es que debes hacer DOS comprobantes de ingreso, uno cuando te hacen el primer pago, ese comprobante es por el anticipo de dinero
Despues debes hacer OTRO comprobante de ingreso, ya por el producto o servicio que estas vendiendo
Checa el APENDICE 6 de la guia de llenado publicado por el SAT
Nota como en la guia, inciso III menciona que debes "cancelar" el primer CFDI mediante un comprobante de Egreso (a.k.a. Nota de credito)
En resumen, la palabra clave aqui es "ANTICIPO", y el SAT tiene un manejo especial para este caso, checa la guia
Despues debes hacer OTRO comprobante de ingreso, ya por el producto o servicio que estas vendiendo
Checa el APENDICE 6 de la guia de llenado publicado por el SAT
Nota como en la guia, inciso III menciona que debes "cancelar" el primer CFDI mediante un comprobante de Egreso (a.k.a. Nota de credito)
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- Mensajes: 13
- Registrado: Mar Sep 11, 2018 10:19 am
Re: Pago -> Factura -> Pago
Gracias por tu comentario Dado. Conozco la guía y en el caso que planteo no se trata de un anticipo:
Regresando al planteamiento, ¿consideran que el REP debería incluir ambos pagos?
(Guía de llenado de los CFDI, apéndice 6: procedimiento para la emisión de los CFDI en el caso de anticipos recibidos)"En el caso de operaciones en las cuales ya exista acuerdo sobre el bien o servicio que se va a adquirir y de su precio, aunque se trate de un acuerdo no escrito, y el comprador o adquirente del servicio realiza el pago de una parte del precio, estamos ante una venta en parcialidades y no ante un anticipo.
Regresando al planteamiento, ¿consideran que el REP debería incluir ambos pagos?