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¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 7:50 am
por luiscarrasco
Como bien se sabe, el modelo de “Certificación de Comprobantes”, que se generalizó con el nombre “Timbrado de Comprobantes”, es una función que claramente se reguló bajo la figura de “Proveedores Autorizados de Certificación”, pero que lamentablemente se prestó a modelos de negocio que no están previstos en la norma, entre ellos la tercerización que algunas casas de software o servicios en internet llevan a cabo y de los cuales hay más de mil jugadores.

El detalle es que ahora queda expresamente prohibido llevar a cabo el timbrado de esta manera, esto porque se deberán prestar de forma directa por parte del PAC y este deberá solicitar a los contribuyentes el escrito de autorización de entrega de los comprobantes al SAT, así que “no podrán proporcionar dicho servicio por conducto de un tercero que opere en calidad de socio comercial, distribuidor o cualquier otra figura análoga.
Fuente: http://www.joseluisayala.mx/?p=1556

Creo que de concretarse se hará un caos.

Saludos

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 8:10 am
por Dado
Quiero entender que se trata de los intermediarios con tecnologia propia, es decir, los que RECIBEN en sus propios servidores el XML y luego lo REENVIAN al PAC y hacen de intermediarios en la cadena de timbrado, pero si por ejemplo yo "vendo" el servicio de timbrado pero el timbrado es directo cliente<->PAC entonces no creo que deba haber problemas, o si?

Ademas, como pueden prohibir la comercializacion natural de un servicio, que hay de malo en ello? Es como pedirle a un panadero que coseche su propio trigo y fabrique su propio horno.

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 8:29 am
por luiscarrasco
Quiero entender que se trata de los intermediarios con tecnologia propia, es decir, los que RECIBEN en sus propios servidores el XML y luego lo REENVIAN al PAC y hacen de intermediarios en la cadena de timbrado, pero si por ejemplo yo "vendo" el servicio de timbrado pero el timbrado es directo cliente<->PAC entonces no creo que deba haber problemas, o si?
Puede ser una manera de interpretarlo, ojalá sea así, sin embargo al no ser abogado el texto queda muy ambigüo para mi gusto. Si es así se van a eliminar bastantes proveedores de sitios web que otorgan el servicio.

Creo que en este caso es responsabilidad de los PAC informar a sus integradores o distribuidores sobre la situación.

Aqui anexo el texto en cuestión de la RMF 2014 (ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servic ... MF2014.pdf)
Concepto del servicio de certificación de CFDI que autoriza el SAT
Para los efectos de la regla I.2.7.2.1., los proveedores de certificación de CFDI estarán a lo siguiente:
I. El servicio de certificación de CFDI que autoriza el SAT consiste en:
a) La validación de los requisitos del artículo 29-A del CFF;
b) La asignación de folios; y
c) La incorporación del sello digital del SAT.
II. Deberán prestar de forma directa el servicio autorizado y para ello solicitarán a los contribuyentes que les proporcionen el escrito a que se refiere el segundo párrafo de la regla I.2.7.2.7., por ende, no podrán proporcionar dicho servicio por conducto de un tercero que opere en calidad de socio comercial, distribuidor o cualquier otra figura análoga.
Ahi no menciona nada sobre cómo recibe el contribuyente los XML timbrados (directamente o desde el servidor de un tercero), simplemente habla que se debe de omitir cualquier intermediario entre el PAC y el contribuyente.

P.D. No logré encontrar "el escrito a que se refiere el segundo párrafo de la regla I.2.7.2.7." por si alguien con más experiencia lo logra.

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 8:55 am
por Dado
Otra posibilidad que se me ocurre que puede estar pasando es que algun PAC por ahi "presto" su certificado a algun mega-corporativo para que ellos mismos timbren desde sus servidores

Que tan dificil puede ser esto? no'mas no le dicen a nadie y eso seria parecido a lo que miles de Emisores hacen con el modelo de CFD, salvo la novedad que deben enviar el CFDI al SAT

Aqui ya entraria mas la logica de la regulancion del SAT lo que entonces se interpretaria como "El unico autorizado a timbrar es el PAC EN SUS PROPIOS SERVIDORES, nada de que el compa (socio comercial) lo esta haciendo en su compu"

No se........se presta a muchas interpretaciones

Comentario aparte......porque Telefonos de Mexico SAB de CV se convirtio en PAC?? pero en la publicidad impresa que llega con los recibos telefonicos ofrece el sistema Aspel el cual timbra con Tralix? y que ademas no Facturaxion es aliado de Telmex (lease, es del mismo dueño, mi compa Charlie el Flaco)?? Que idea tiene Telmex en la cabeza??

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 9:37 am
por spaniaguag
No creo afecte a los que comercializamos nuestro software, en nuestro caso todos nuestros clientes saben que solo vendemos software, y que el PAC es EDICOM
al leer ésto.
Deberán prestar de forma directa el servicio autorizado y para ello solicitarán
a los contribuyentes que les proporcionen el escrito a que se refiere el
segundo párrafo de la regla I.2.7.2.7., por ende, no podrán proporcionar dicho
servicio por conducto de un tercero que opere en calidad de socio comercial,
distribuidor o cualquier otra figura análoga
y la regla I.2.7.2.7 dice:
Para los efectos del artículo 29, fracción IV, segundo párrafo del CFF, los
contribuyentes podrán utilizar de manera simultánea uno o más proveedores de
certificación de CFDI autorizados por el SAT.
Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior están obligados a
proporcionar por escrito al proveedor de certificación de CFDI, su manifestación de
conocimiento y autorización para que este último entregue al SAT, copia de los
comprobantes que les haya certificado.
Si solicitamos a nuestros clientes el escrito de conocimientos y autorización para que EDICOM entregue al SAT copia de los comprobantes certificados, estamos cumpliendo lo que el SAT solicita sin infringir nada.

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Sab Dic 28, 2013 5:00 pm
por Maximiliano
Me comenta un cliente abogado, que si Ecodex establece el contrato con nuestros usuarios (el emisor), al momento del registro de los certificados, no habría problemas.

No estamos re vendiendo los servicios del PAC...

Estamos vendiendo la interfaz para el timbrado (armado del XML, sellado y envio al PAC; recepción de XML timbrado, etc, etc...)

Pero el timbrado en si mismo, queda relacionado directamente entre el emisor y Ecodex... Solo habría que ver cómo formalizar la relación entre ambos...

Una idea que se me ocurre es contemplar una actualización de Integradex... Al momento de la confirmación de los certificados, el PAC establece el contrato con el emisor, donde se manifiesta conocimiento y autorización para que Ecodex entregue al SAT, copia de los comprobantes que haya certificado... Es algo que el usuario (emisor) acepta de entrada, al momento de usar nuestros programas...

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Lun Dic 30, 2013 10:00 am
por Jesus Castelo
se deberán prestar de forma directa por parte del PAC y este deberá solicitar a los contribuyentes el escrito de autorización de entrega de los comprobantes al SAT

Y que pasa si el PAC no te a pedido ese escrito pero ya te esta timbrando facturas y las facturas ya aparecen en el portal del SAT?, podria haber algun problema?, y si lo hay, seria problema mio, o mas bien problema de ellos?

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Lun Dic 30, 2013 10:29 am
por Dado
De hecho solo hay problema SI TU HACES EL PROBLEMA

Te explico.

Tu como contribuyente tienes ciertos derechos, uno de ellos es a la privacidad de tu informacion fiscal, NADIE puede pedirte estados financieros y obligarte a ello, excepto el SAT en sus facultades de auditoria

Asi pues el PAC TIENE POR LEY (INICIALMENTE) prohibido enviar tus facturas al SAT, debes expresarle tu autorizacion para que se las envie "a un tercero", en este caso el SAT

Solo si tu DEMANDAS AL PAC por haber enviado tus facturas a un tercero entonces hay problemas, son de esos "agujeros legales" que el SAT debe prevenir.

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Lun Dic 30, 2013 10:47 am
por Jesus Castelo
ok, entonces no me preocupo, es problema del PAC. Cuanto podria ganar en una demanda a mi PAC por andar mandando facturas sin mi autorizacion :twisted: ?? jajajja

Re: ¿Quedará prohibido re-vender servicios de los PAC?

Publicado: Lun Dic 30, 2013 1:53 pm
por Skywalker01
Maximiliano escribió:Me comenta un cliente abogado, que si Ecodex establece el contrato con nuestros usuarios (el emisor), al momento del registro de los certificados, no habría problemas.

No estamos re vendiendo los servicios del PAC...

Estamos vendiendo la interfaz para el timbrado (armado del XML, sellado y envio al PAC; recepción de XML timbrado, etc, etc...)

Pero el timbrado en si mismo, queda relacionado directamente entre el emisor y Ecodex... Solo habría que ver cómo formalizar la relación entre ambos...

Una idea que se me ocurre es contemplar una actualización de Integradex... Al momento de la confirmación de los certificados, el PAC establece el contrato con el emisor, donde se manifiesta conocimiento y autorización para que Ecodex entregue al SAT, copia de los comprobantes que haya certificado... Es algo que el usuario (emisor) acepta de entrada, al momento de usar nuestros programas...
Es correcto, es el Manifiesto SAT del cual había comentado hace tiempo, me temo que ahora mismo nadie lo hemos hecho porque si bien es cierto, timbramos directamente con el PAC pero en cierta forma no somos usarios de Ecodex bueno, sí y no jejej, con la cuenta que nosotros timbramos es una cuenta que está a nombre de DADO cierto? somos como una especie de filial, entonces creo que si estamos en problemas D: ... o me quivoco? O_o