Imagen

DESCARGA SOFTWARE PARA FACTURA ELECTRONICA DE AQUI.
Facturacion, Validacion, Addendas, Librerias de programacion, etc.


CARTA PORTE V3.1

ECODEX TIENE ESTOS NUEVOS DATOS DE CONTACTO :
Comercializacion y Ventas - Evelia Vicke evicke@ecodex.com.mx 33-16-03-03-48
Soporte - Humberto Guerrero soporte@ecodex.com.mx 33-34-90-46-03


.

Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Y para empezar Que es una Factura Electronica? Como empiezo? Necesito Autorizacion? Que medios hay para Facturar Electronicamente? estos y todos los temas de iniciacion deberan estar aqui
Cerrado
Avatar de Usuario
Dado
Mensajes: 15980
Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm

Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por Dado »

Publicado originalmente en el blog de Kauli
Republicado bajo la licencia "Creative Commons"
(he editado el formato para resaltar los textos importantes, fuera de eso el texto se ha tratado de conservar integro para no afectar los derechos del autor)
Luis del Pino septiembre 14, 2010
Hola Jose Luis!

Revisando el articulo 29 que habla de las obligaciones que tiene el contribuyente al expedir CFD dice en su punto IV:
——————————
“IV. Proporcionar a sus clientes en documento impreso el comprobante electrónico cuando así les sea solicitado. El Servicio de Administración Tributaria determinará las especificaciones que deberán reunir los documentos impresos de los comprobantes fiscales digitales.

Los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los comprobantes fiscales digitales.

Los comprobantes fiscales digitales deberán archivarse y registrarse en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria.
Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto por el artículo 28 de este Código.”
——————————

El mismo artículo pero en el punto V que entra en vigor el 1 de enero de 2011 dice:
——————————
V. Proporcionar a sus clientes, la impresión del comprobante fiscal digital cuando así les sea solicitado. El Servicio de Administración Tributaria determinará mediante reglas de carácter general, las especificaciones que deberá reunir la impresión de los citados comprobantes.

Los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los comprobantes fiscales digitales que expidan. ...note que se elimino el texto de "registro simultaneo"....

Los comprobantes fiscales digitales deberán archivarse y registrarse en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria.
Los comprobantes fiscales digitales, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente, quedando sujetos a lo dispuesto por el artículo 28 de este Código.

Fuente: http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/c ... tml#art29a

Mi pregunta es ¿es necesaria la contabilidad simultánea? si te das cuenta, en el segundo parrafo del artículo que entra en vigo el 1º de enero omiten la parte donde dice “El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los comprobantes fiscales digitales.”
——————————
De antemano gracias.
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
Avatar de Usuario
Dado
Mensajes: 15980
Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por Dado »

Publicado originalmente en el blog de Kauli
Republicado bajo la licencia "Creative Commons"
José Luis Ayala M. septiembre 14, 2010
Luis,

Déjame te comparto una referencia del por qué creo que desaparece.

Desde que se implementó el modelo (factura electrónica) se incurrió en el grave error de utilizar ese término tanto en CFF como en Miscelánea y se hizo parte del argot de muchos “expertos” a lo largo del tiempo, de hecho una Asociación** que “valida” soluciones sigue utilizando ese término cuando enlista los requisitos para estar en condiciones de emitir CFD’s.

Al SAT muchos de los que estamos en esto le criticamos el término, no sólo por imposible sino incluso por inútil y creo que terminó aceptando las razones que se le expusieron, por eso fue reemplazado en miscelánea por el término “automática”. No conozco las razones de otros, pero una que al menos nosotros le expusimos en su momento al SAT fue sobre la base del significado mismo del término.

Al recurrir al diccionario y nos encontramos esto:

* SIMULTÁNEAMENTE (Adj. m.): Con simultaneidad.

* SIMULTÁNEIDAD (f.): Cualidad de simultáneo.

* SIMULTÁNEO (Adj.): Dicho de una cosa que se hace u ocurre al mismo tiempo que otra.

En ese sentido, la generación de un comprobante y su registro en la contabilidad es SECUENCIAL y no SIMULTÁNEO… primero expides la factura y derivado de su contenido conoces entonces cuales cuentas y subcuentas de tu contabilidad afectar.

Ni técnica, ni jurídicamente es posible la realización del registro contable simultáneo, ya que generación de información en los sistemas administrativos y contables sigue un patrón secuencial en tiempos: primero ocurre la transacción y luego se afecta la contabilidad… … aunque hubiera un milisegundo de diferencia entre una y otra, de todas formas sigue siendo una cosa ocurre primero que la otra… nunca ocurren “al mismo tiempo”.

No se si razones como está hicieron que le Miscelánea cambiara, pero es un hecho que cambió y por lo mismo mi opinión sobre tu pregunta es que NO SE EXIGE YA EL REGISTRO CONTABLE SIMULTÁNEO… lo que se exige ahora es el REGISTRO CONTABLE AUTOMÁTICO… aunque este nuevo término es de hecho otra historia.

Saludos… JLA
**Esa asociacion es el AMECE, ellos tienen un programa de validacion de soluciones de CFD
José Luis Ayala M. septiembre 15, 2010
Luis,

La referencia a lo “automático” está en la regla II.2.23.4.4., fracción II de la RMF, pero hasta ahora no conozco ningún texto que analice este punto. En lo personal creo que hay “tela de donde cortar” a la hora de revisarlo… porque ¿automático debe ser entendido que es sin intervención humana? ¿debe ser en el mismo sistema o pueden ser sistemas separados? ¿si no se trata de sucursales, cuanto tiempo puede transcurrir entre la generación y el registro para que se siga considerando automático?, etc.

Saludos… JLA
Regla II.2.23.4.4 fraccion II de la RMF :
II.Que al asignarse el folio, y en su caso serie, se registre de manera electrónica y automática en la contabilidad, al momento de la emisión del CFD la referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo, en que se generó el CFD conforme al formato señalado en el rubro I.B del Anexo 20.
Tratándose de la emisión de CFD en lugar distinto al domicilio, se considerará que se cumple con el requisito señalado en el párrafo anterior cuando se registre electrónicamente la información contable dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del CFD. Este registro deberá hacer referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo en que se generó el CFD conforme al formato señalado en el rubro I.B del Anexo 20.
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
condor0086
Mensajes: 425
Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:11 pm

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por condor0086 »

Con lo que presentas queda que desapareció la palabra "simultaneo", pero sigue requiriendo que en un máximo 24 horas se registre "de manera electrónica y automática" en contabilidad, esto es, aún necesitamos generar archivos que puedan ser importados por el sistema contable en forma electrónica.

Saludos
Avatar de Usuario
Dado
Mensajes: 15980
Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por Dado »

condor0086 escribió:Con lo que presentas queda que desapareció la palabra "simultaneo", pero sigue requiriendo que en un máximo 24 horas se registre "de manera electrónica y automática" en contabilidad, esto es, aún necesitamos generar archivos que puedan ser importados por el sistema contable en forma electrónica.
Es correcto, quise exponer este tema porque, por ejemplo, yo que vendo un sistema de facturacion lo primero que me preguntan es "......y tu sistema cumple con el registro en contabilidad......."

Aqui ya me da un "chance" de exportar un archivo para que sea importado en un sistema contable, pero ya sin la presion de "simultaneo"
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
juan
Mensajes: 9
Registrado: Dom Sep 05, 2010 11:05 am

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por juan »

¿ Y quien ofrece las soluciones de CFD via internet ?, ellos no generan el movimiento contable en ningun momento y muchos son proveedores autorizados por el SAT, no tienen conexion con ASPEL, CONTPAQ y mucho menos algun sistema diferente.

Expliquenme eso.
Avatar de Usuario
Dado
Mensajes: 15980
Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por Dado »

juan escribió:¿ Y quien ofrece las soluciones de CFD via internet ?, ellos no generan el movimiento contable en ningun momento y muchos son proveedores autorizados por el SAT, no tienen conexion con ASPEL, CONTPAQ y mucho menos algun sistema diferente.

Expliquenme eso.
Pues la unica explicacion es que NINGUN PACFD cumple con esa regla.
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
condor0086
Mensajes: 425
Registrado: Jue Ago 05, 2010 3:11 pm

Re: Ya no mas registro simultaneo en contabilidad

Mensaje por condor0086 »

juan escribió:¿ Y quien ofrece las soluciones de CFD via internet ?, ellos no generan el movimiento contable en ningun momento y muchos son proveedores autorizados por el SAT, no tienen conexion con ASPEL, CONTPAQ y mucho menos algun sistema diferente.

Expliquenme eso.
Es requisito para facturación de CFD por medios propios, no para PACFD.

Saludos
Cerrado